La Cámara Federal de Mendoza confirmó un fallo que dejó sin efecto los incrementos aplicados por una empresa de medicina prepaga desde enero de 2024. La resolución surgió a partir de un amparo presentado por un afiliado y podría generar un efecto dominó con reclamos similares de otros usuarios del sistema.
El tribunal declaró inconstitucionales ciertos artículos del DNU 70/2023, que derogaban el Decreto 743/2022 y aspectos centrales de la Ley 26.682, al considerar que eliminaban los mecanismos de control estatal sobre las prepagas. La decisión subraya la necesidad de tener en cuenta la posición dominante de las empresas frente a los consumidores y el rol social del sistema de salud privado, señalando que no es aceptable suprimir las facultades de supervisión frente al poder económico del sector.

Como resultado, las cuotas deberán retrotraerse a los valores de diciembre de 2023 y actualizarse posteriormente según el índice de precios al consumidor (IPC), lo que podría implicar que los afiliados que reclamen reciban una facturación significativamente menor a la aplicada por la empresa.
El fallo se produce en un contexto de creciente conflictividad entre afiliados y prestadoras de salud privada, donde los reclamos no solo se relacionan con el incumplimiento de prestaciones básicas, sino también con aumentos considerados indebidos por edad y prácticas que buscan forzar el pase de afiliados próximos a jubilarse al PAMI, mediante la resolución de contratos o la imposición de condiciones más gravosas para mantener su cobertura.
