La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las categorías, escalas y deducciones del Impuesto a las Ganancias que regirán durante el primer semestre de 2026. La medida, aplicada de manera retroactiva al 1° de enero, busca ajustar los parámetros al contexto económico, con un incremento del 14,29 % respecto de los valores anteriores.
Qué implica la actualización
Los cambios modifican los umbrales salariales para empezar a tributar y las deducciones personales y por cargas de familia, afectando directamente el cálculo del impuesto sobre los sueldos de empleados en relación de dependencia.
Se redefinen los pisos salariales para iniciar el pago del impuesto.
Se amplían las deducciones personales y por cargas familiares.
La tabla de alícuotas progresivas se mantiene, con tasas que van del 5 % al 35 % según los tramos más altos.

Nuevos valores a partir de enero
Soltero sin hijos: desde $2.490.038 netos mensuales.
Casado sin hijos: desde $2.894.000 netos.
Casado con dos hijos: desde $3.302.179 netos.
Otros componentes clave:
Ganancia no imponible: $5.151.802,50
Deducción por cónyuge: $4.851.964,66
Deducción por hijo: $2.446.863,48
Deducción especial: $18.031.308,76
Las alícuotas anuales comienzan en 5 % sobre ganancias netas hasta $2.000.030,09, y llegan hasta el 35 % para los ingresos más altos, aplicando un monto fijo más un porcentaje sobre el excedente en cada tramo.
Aplicación práctica
La actualización retroactiva obliga a los empleadores a revisar y recalcular las retenciones de Ganancias de enero y meses posteriores. Si se aplicaron deducciones antiguas, se descontará lo retenido en exceso en futuras liquidaciones. Esto puede implicar ajustes en los sistemas de liquidación de sueldos, con reflejo en recibos posteriores o compensaciones automáticas.
La medida se enmarca en la actualización semestral automática de Ganancias, basada en la inflación acumulada del semestre anterior, en este caso entre julio y diciembre de 2025. Los nuevos valores estarán vigentes hasta julio de 2026, cuando se espera la próxima actualización fiscal.
