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Infracciones de tránsito olvidadas en Mendoza: cruzar caminando con el celular y manejar con ojotas

Aunque la normativa vigente desde 2017 incluye estas faltas, el Ministerio de Seguridad afirma que son conductas poco frecuentes y no suelen multarse.

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Aunque la normativa de tránsito vigente en Mendoza desde 2017 incluye nuevas faltas como usar el teléfono celular al cruzar caminando la calle o manejar con ojotas, estas infracciones rara vez se sancionan. Desde el Ministerio de Seguridad aseguran que no son conductas frecuentes entre peatones y conductores.

¿Qué dice la ley y qué se multa realmente?

La actualización de la ley de tránsito mendocina incorporó varias conductas pasibles de multa, entre ellas:

Cruzar la senda peatonal mientras se usa el celular.

Manejar con ojotas o sandalias inadecuadas.

No usar casco al conducir motos o ciclomotores.

Sin embargo, los controles suelen focalizarse en infracciones más comunes, como:

Circular con luces bajas apagadas.

Tener la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vencida.

No portar licencia de conducir.

No usar cinturón de seguridad.

Exceder el límite legal de alcohol en sangre.

Desde la cartera de Seguridad indican que estas últimas faltas son las que se registran con mayor frecuencia, mientras que las primeras son “faltas puntuales y poco habituales”.

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Las infracciones que pasan desapercibidas

1. Cruzar la calle mirando el celular
Aunque parece una conducta habitual, usar el celular o auriculares mientras se cruza la calle es una falta leve. Según el artículo 18 del decreto 326/18, está prohibido “usar sistemas de telefonía móvil o similares que disminuyan la atención” al cruzar. La multa para esta infracción alcanza los $42.000.

2. Manejar sin las dos manos en el volante
La ley establece que los conductores deben mantener ambas manos en el volante, salvo al cambiar de velocidad o por razones justificadas. Esto aplica a motos, bicicletas y vehículos similares. No se permite sacar las manos para tomar mate, fumar o comer. La sanción también es de $42.000.

3. Prohibido manejar con ojotas
El calzado debe ser adecuado para controlar totalmente los pedales, por eso manejar con ojotas o sandalias que no sujeten bien el pie está prohibido. El artículo 19 del decreto 326/18 especifica que el calzado debe ser cerrado o bien sujeto, con suela antideslizante. La multa es de $42.000.

4. No usar casco en moto
Esta es una falta gravísima, con una multa de $420.000. La ley obliga a usar casco correctamente abrochado para todo tipo de motos, ciclomotores y vehículos similares.

5. Adelantar a un colectivo detenido
Adelantar a un colectivo cuando está parado en una parada es una infracción gravísima. Solo se permite adelantar cuando el colectivo está en movimiento y en zonas habilitadas.

¿Y los mendocinos?

Desde el Ministerio de Seguridad destacaron que, en general, los mendocinos cumplen con las normas más habituales, ya que las infracciones más comunes son las luces bajas apagadas, la RTO vencida y la falta de licencia. En tanto, las infracciones menos visibles, como el uso del celular al cruzar o manejar con ojotas, no suelen ser registradas ni multadas.

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