Mendoza adhirió a la ley nacional de Oncopediatría: cobertura total y ayuda económica
Este martes, el Senado provincial dio media sanción, por unanimidad, al proyecto por el cual Mendoza se adhiere a la Ley Nacional de Oncopediatría. La norma fue aprobada en junio del año pasado, y su autor es Marcelo Rubio, de la UCR. Pasó a la Cámara de Diputados.
Desde 2020, en Mendoza ya rige la ley provincial 9.287 Programa Provincial De Cuidado Integral De Niños, Niñas y Adolescentes con Cáncer, aunque esta última adhesión implicará la suma de beneficios nacionales para los alcanzados. La norma incluye la cobertura de asistencia en servicios de salud del sistema público y prestadoras, tanto obras sociales como prepagas.
Con esto, el objetivo es brindar a los pacientes con cáncer, de hasta 18 años inclusive, una cobertura del 100% en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica. También abarca todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.
Todos los beneficios
- Los pacientes y familias recibirán asistencia integral, acompañamiento e información sobre la enfermedad.
- Se brindará capacitación a los agentes sanitarios encargados de las áreas de oncología de cada efector de salud.
- Seguimientos, monitoreo y evaluación de cada paciente con las distintas tecnologías, con el fin de reducir la morbimortalidad a causa de la enfermedad.
- Mediante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) el Estado nacional debe otorgar una ayuda económica a las personas comprendidas. En caso de fallecimiento del niño o adolescente, los progenitores o representantes legales, en situación de vulnerabilidad social, serán alcanzados por el beneficio establecido en el decreto 599/06.
- Servicio de transporte público y colectivo terrestre, subsidios habitacionales y adopción de planes y medidas que faciliten vivienda a familias en situación de vulnerabilidad.
- Convenios con los Municipios de Mendoza para facilitar el traslado, asistencia psicológica, kinésica y rehabilitación, servicio de sepelio, remodelación de vivienda. Esto comprende mano de obra y material, o alquiler de vivienda. También el suministro eléctrico y de gas en caso de ser necesario, mientras el paciente lo requiera por su estado de salud.
- Toda asistencia que sea requerida, previa intervención y evaluación de los servicios asistenciales municipales, procurando la recuperación y el tratamiento digno de todo niño o adolescente afectado por esta enfermedad.