Desde la sanción de la Ley Nº 9.556 en junio de 2024, la compra y venta de bienes usados en Mendoza quedó sujeta a nuevas normativas con el fin de garantizar mayor trazabilidad y evitar la circulación de artículos robados. Esta ley obliga a registrar ciertos productos de segunda mano antes de su venta, afectando tanto a comercios especializados como a personas que realicen este tipo de operaciones de manera habitual.
¿Qué productos deben ser registrados?
La normativa abarca una amplia variedad de bienes muebles, incluyendo electrodomésticos, bicicletas, herramientas, autopartes y otros artículos de uso cotidiano. Esto implica que, para poder vender productos usados como celulares, televisores o bicicletas, los vendedores deberán registrarlos previamente en un sistema digital.

Objetivos de la normativa
El principal objetivo de la ley es evitar la comercialización de objetos robados. A través de un registro oficial, tanto compradores como vendedores podrán verificar la procedencia legal de los productos que intercambian. Así, los consumidores podrán estar tranquilos de que están adquiriendo bienes legítimos y no artículos de dudosa procedencia.
¿Quién debe registrarse?
La obligación de registrar los productos recaerá sobre:
- Comercios que se dediquen a la compraventa de artículos usados.
- Talleres que reparen y vendan productos de segunda mano.
- Personas que deseen vender un bien usado de manera individual o esporádica.

¿Qué datos se deben registrar?
Cada transacción deberá incluir información detallada sobre el vendedor y el comprador, como nombre, apellido y DNI, además de los detalles del producto, especificando su estado y características.
Para las autopartes, que requieren un control más estricto, los negocios deberán inscribirse en el Registro Único de Desarmaderos y cumplir con regulaciones adicionales del sector automotor.
Consecuencias por incumplir la ley
El Ministerio de Seguridad y Justicia será el encargado de supervisar el cumplimiento de esta normativa, con la capacidad de inspeccionar comercios, verificar la propiedad de los bienes y, en caso de irregularidades, suspender actividades y confiscar productos. Los bienes incautados podrán ser subastados, destruidos o redistribuidos por las autoridades.
Las sanciones por no cumplir con el registro son severas: las multas pueden oscilar entre 4.000 y 9.000 unidades fiscales, lo que representa un rango de entre $508.000 y $1.143.000. Además, quienes infrinjan la ley podrían enfrentar inhabilitaciones temporales o la clausura definitiva de sus comercios, con la consecuente prohibición de operar en el sector por un año en caso de reincidencia.



