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Multas y sanciones por violar la veda: qué pasa si hacés propaganda política antes de votar

Durante la veda electoral, que rige hasta el domingo a las 21:00, se prohíbe toda difusión o exhibición de símbolos partidarios. Quienes no respeten la norma podrán enfrentar fuertes multas e incluso penas de cárcel.

Elecciones

En el marco de las elecciones 2025, la veda electoral comenzó este viernes 24 a las 8:00 y se extenderá hasta el domingo 26 a las 21:00, tres horas después del cierre de los comicios. Durante ese lapso, está prohibida la propaganda política, tanto en medios de comunicación como en la vía pública, para garantizar un acto electoral transparente y equitativo.

elecciones en Capital
 

Las sanciones para quienes violen la veda son severas. Los ciudadanos que difundan mensajes partidarios, exhiban banderas, utilicen distintivos políticos o realicen acciones de campaña podrán recibir multas que van desde los $10.000 hasta los $100.000. En casos más graves, la normativa contempla penas de prisión de hasta 15 días.

El Código Nacional Electoral, en sus artículos 71 y 133, establece que estas restricciones buscan evitar la influencia indebida sobre el electorado durante las horas previas al voto. Además, las agrupaciones políticas que organicen actos proselitistas o difundan publicidad electoral en este período podrían perder el acceso al financiamiento público durante uno a cuatro años, y quedar excluidas de los aportes para campaña por una o dos elecciones.

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