A partir de abril, los trabajadores en relación de dependencia verán modificaciones en sus recibos de sueldo. Las empresas deberán detallar conceptos que antes no se informaban, como los aportes jubilatorios, gastos de ART y la cuota del Fondo de Asistencia Laboral (FAL).
El objetivo de la medida es informar de manera clara el costo laboral total del empleado, más allá del ingreso neto que recibe, fomentando la transparencia y la educación laboral.

Datos obligatorios
Los recibos deberán incluir:
- Del empleador: razón social, domicilio y CUIT.
- Del trabajador: nombre completo, calificación profesional, CUIL y fecha de ingreso.
- Remuneración total: importe neto en números y letras, deducciones por aportes previsionales, embargos y contribuciones legales o convencionales pagadas por la empresa.
De esta forma, el documento reflejará el gasto completo que representa mantener el puesto de trabajo.
Contexto legal
El cambio se establece en el artículo 140 de la reforma laboral, vigente desde el 1 de abril. La medida busca dar un carácter pedagógico y cultural al recibo de sueldo, mostrando el valor real de cada trabajador para la empresa.
Aunque la CGT presentó un reclamo de inconstitucionalidad contra varios artículos de la reforma, incluyendo este, algunos empleadores ya están evaluando la implementación de la nueva modalidad de liquidación.
