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NUEVA NORMATIVA

Viajar con mascotas en larga distancia ya está permitido por resolución nacional

La medida alcanza a trenes y colectivos bajo jurisdicción nacional y establece condiciones de seguridad, documentación obligatoria y eventuales cargos.

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Viajar con mascotas en colectivos y trenes de larga distancia dejó de ser una excepción para convertirse en una práctica regulada a nivel nacional. La Secretaría de Transporte autorizó formalmente el traslado de animales domésticos en los servicios automotores y ferroviarios de pasajeros bajo jurisdicción nacional, aunque cada empresa podrá fijar requisitos adicionales.

La medida fue oficializada a través de la Resolución N° 2076/2025, publicada en el Boletín Oficial, y busca actualizar la normativa vigente y eliminar restricciones que hasta ahora dificultaban el traslado de animales en viajes de larga distancia.

Desde el Ministerio de Economía explicaron que la decisión apunta a establecer reglas claras que garanticen la seguridad, el bienestar animal y la convivencia con el resto de los pasajeros, en línea con estándares internacionales y con el Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos.

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Condiciones para viajar con mascotas

Según lo establecido en el anexo de la resolución, la responsabilidad recae exclusivamente en el pasajero que viaje con su mascota, quien deberá asegurar su custodia, salud y bienestar durante todo el trayecto, además de evitar molestias o riesgos para terceros.

El traslado solo estará permitido dentro de un transportín o contenedor cerrado, diseñado específicamente para animales. Este podrá ubicarse sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en un asiento junto a la ventana, siempre sujeto con cinturón de seguridad cuando corresponda. Por este motivo, la normativa contempla únicamente mascotas de tamaño pequeño o mediano.

Además, será obligatorio contar con la constancia de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación sanitaria que pueda ser requerida al momento de abordar o durante el viaje. Se permitirá un solo animal doméstico por pasajero mayor de edad y uno por transportín.

Costos y excepciones

La resolución habilita a las empresas de transporte a cobrar una tarifa específica por el traslado de mascotas, según las condiciones del mercado. No obstante, los perros guía o de asistencia que acompañan a personas con discapacidad viajarán sin cargo, de acuerdo con lo establecido por la Ley 26.858.

Las compañías también podrán fijar requisitos adicionales, como restricciones por especie, raza, peso, edad o dimensiones, así como protocolos de limpieza y desinfección de las unidades.

Finalmente, la Secretaría de Transporte quedó facultada para dictar normas complementarias y autorizar frecuencias o recorridos específicos que admitan animales, con el objetivo de facilitar la planificación tanto de los pasajeros como de las empresas del sistema.

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