TRIBUTOS
La medida fue dispuesta mediante la Resolución General 5758/2025, publicada este miércoles 17 de septiembre en el Boletín Oficial, con la firma de su titular, Juan Pazo.
Según el texto oficial, los agentes de liquidación y percepción deberán cumplir con las obligaciones hasta el 24 de septiembre, para los hechos imponibles perfeccionados entre el 16 y el 22 de septiembre de 2025.

Desde ARCA explicaron que la prórroga se decidió por “razones de administración tributaria” y aclararon que se trata de una excepción puntual dentro del calendario habitual de vencimientos.



