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TRIBUTOS

Atención: ARCA elevó el umbral para informar operaciones internacionales

La medida, oficializada por decreto, actualiza los límites para declarar operaciones internacionales y flexibiliza el acceso a la Declaración Jurada Simplificada.

exportaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó los montos a partir de los cuales las empresas que exportan o importan deberán informar sus operaciones internacionales. Los cambios fueron oficializados a través del Decreto 767/2025, firmado por Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.

La normativa eleva el umbral de información que las compañías deben presentar ante el fisco en las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias. A partir de ahora, solo deberán detallar sus operaciones quienes realicen transacciones internacionales por $500 millones o más, ya sea por ventas o compras al exterior.

Además, se fijan nuevos límites para las declaraciones juradas de precios de transferencia: los contribuyentes deberán informar sus operaciones a partir de $150 millones en conjunto o $15 millones por transacción individual.

El Gobierno explicó que la medida busca modernizar y simplificar el sistema tributario, adaptándolo a la realidad económica actual, otorgar mayor seguridad jurídica y optimizar los mecanismos de fiscalización.

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En paralelo, el decreto introduce cambios en la Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias. Desde el período fiscal 2025, podrán acceder al régimen simplificado quienes obtengan rentas de fuente extranjera, siempre bajo las condiciones que establezca ARCA.

Según el tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores, esta modificación responde a una demanda de los contribuyentes que perciben rentas del exterior —como dividendos de Cedears, resultados de títulos valores o criptoactivos—, que hasta ahora quedaban excluidos del régimen.

La disposición establece que podrán adherirse las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país, contribuyentes del Impuesto a las Ganancias, siempre que cumplan ciertos requisitos: contar con clave fiscal nivel 3, no poseer CUIT limitado y no estar incluidos en los segmentos 11 o 12 definidos por ARCA.

Con estas modificaciones, la entidad busca avanzar hacia una mayor simplificación administrativa, reducir la presión fiscal formal y fomentar la regularización de las actividades económicas vinculadas al comercio exterior.

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