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IMPUESTOS

Bienes Personales: cómo reorganizar ahorros antes de fin de año para pagar menos en 2026

La “foto” patrimonial del 31 de diciembre define cuánto se paga del impuesto. Qué bienes quedan alcanzados, cuáles están exentos y qué estrategias legales permiten reducir la carga fiscal sin riesgos ante ARCA.

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Al cierre de diciembre, el patrimonio que cada contribuyente tenga declarado será la base que tome ARCA para determinar el pago del Impuesto sobre los Bienes Personales en 2026. En esa evaluación entran inmuebles, dinero en efectivo, vehículos e inversiones, tanto en el país como en el exterior, aunque no todos los activos reciben el mismo tratamiento fiscal.

La vivienda única cuenta con un mínimo no imponible de $1.346 millones para la medición correspondiente al 31 de diciembre de 2025. Solo el excedente sobre ese monto integra la base gravada. En el caso de inmuebles alquilados, si superan ese umbral quedan alcanzados en su totalidad, siempre que el contrato esté debidamente registrado.

El dinero en efectivo, ya sea en pesos o dólares, tributa aunque esté guardado fuera del sistema bancario. En cambio, los depósitos en cajas de ahorro o plazos fijos se encuentran exentos, lo que convierte a las transferencias bancarias previas al cierre del año en una de las estrategias más utilizadas para reducir el impuesto.

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En el universo de las inversiones, las obligaciones negociables en pesos con oferta pública están exentas, mientras que las emitidas en dólares o sin oferta pública pagan el tributo. Los Fondos Comunes de Inversión solo quedan liberados si al menos el 75% de su cartera está compuesta por activos exentos. En cambio, CEDEARs, cauciones bursátiles y saldos en cuentas comitentes integran el patrimonio gravado.

Para el período fiscal 2025, el mínimo no imponible general se elevó a $384 millones. Quienes no superen ese monto no deberán tributar. En los casos alcanzados, la alícuota es progresiva y oscila entre 0,5% y 1%, con tasas reducidas para los contribuyentes considerados cumplidores.

Especialistas advirtieron que la reorganización patrimonial debe realizarse con prudencia. ARCA puede impugnar movimientos de último momento si presume simulación o evasión, y recalcular el impuesto en función del tiempo que los fondos permanecieron en cada activo. Por eso, recomiendan anticiparse y sostener las inversiones exentas durante un plazo razonable para evitar ajustes posteriores.

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