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POLÍTICA FISCAL

Devolución de IVA: cómo aprovechar al máximo los beneficios fiscales de ARCA para exportadores

Exportadores, empresas y freelancers inscriptos en IVA pueden optimizar sus finanzas mediante la devolución de IVA, un beneficio clave gestionado por ARCA. Qué requisitos deben cumplirse y cómo maximizar el reintegro impositivo.

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En un escenario donde la competitividad internacional es cada vez más exigente, la devolución de IVA se presenta como una herramienta esencial para los exportadores argentinos. A través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), las empresas pueden acceder a beneficios fiscales que les permiten recuperar el crédito fiscal generado por sus compras, en operaciones vinculadas a ventas al exterior.

Según la normativa vigente, las exportaciones están exentas del impuesto al valor agregado (IVA), lo que implica que los exportadores pueden restar el crédito fiscal de las compras del débito fiscal de ventas, siempre que ambas operaciones estén debidamente vinculadas. Esta diferencia genera un saldo a favor que puede solicitarse mediante los formularios 404 y 731 ante ARCA.

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El especialista Víctor Brigo, consultor en gestión de saldos a favor, explicó que “si las compras generan crédito fiscal y las exportaciones no generan débito fiscal, ese crédito se transforma en un mayor costo, encareciendo los productos y afectando la competitividad”.

Los beneficios fiscales asociados a la devolución de IVA permiten:

Mejorar la gestión del capital de trabajo.

Aumentar la rentabilidad en mercados externos.

Competir con productos elaborados en mejores condiciones fiscales.

Pueden acceder a la devolución de IVA tanto empresas como freelancers inscriptos en IVA, que operen en sectores como agroindustria, industria, producción de alimentos (soja, pisingallo, cítricos, langostinos), manufactura (pinceles, heladeras) o minería (piedra, arena). Los monotributistas, en cambio, no están habilitados para este beneficio.

El saldo a favor de IVA puede aplicarse a:

Compensación contra impuestos del mercado interno.

Acreditación contra otros tributos nacionales.

Devolución directa o transferencia a terceros.

Entre los requisitos clave, el proveedor debe estar inscripto en IVA al momento de la factura, y el pago debe realizarse mediante un medio autorizado por el BCRA. Además, el comprobante de crédito fiscal debe ser previo a la exportación, y los cobros deben ser liquidados en el MLC en un plazo no mayor a 20 días hábiles desde su percepción.

El exportador también debe seleccionar una entidad financiera para el seguimiento de las negociaciones de divisas, y contar con toda la documentación fiscal y aduanera exigida. Cada solicitud de devolución debe presentarse desde el día 21 del mes siguiente al de la exportación, incluyendo facturas y permisos de embarque correspondientes.

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Además, quienes posean certificado MiPyME tienen prioridad en los pagos de reintegros y devoluciones.

Respecto a los reintegros por exportación, Brigo remarcó que se deben cumplir requisitos impositivos (como no tener deuda líquida y exigible), aduaneros (estar en el registro de exportadores) y cambiarios, relacionados con el relevamiento de activos y pasivos externos (Com. A 6401).

Una vez generada la devolución, esta puede cobrarse vía CBU, utilizarse para compensar deudas o cancelar obligaciones fiscales.

Para maximizar el beneficio, se recomienda:

Cumplir estrictamente los requisitos de AFIP y ARCA.

Elegir el método de asignación que maximice el crédito solicitado.

Seleccionar el destino del saldo a favor que mejor impacte en el capital de trabajo.

En un contexto de desafíos económicos y oportunidades comerciales, entender y aprovechar la devolución de IVA puede marcar una diferencia decisiva para quienes buscan insertarse con éxito en los mercados internacionales.

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