El Poder Ejecutivo oficializó una profunda reforma del marco legal que regula la industria del gas licuado de petróleo (GLP), liberando al sector de controles previos y limitando la intervención estatal.
El Decreto 446/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y el ministro de Economía Luis Caputo, fue publicado este jueves 3 de julio en el Boletín Oficial y modifica sustancialmente la Ley 26.020.
La medida apunta a “liberar la industria del GLP”, eliminando autorizaciones previas para operar en las distintas etapas de producción, fraccionamiento, distribución y comercialización. Ahora, bastará con presentar la documentación exigida, y si en diez días hábiles la autoridad no responde, se considerará aprobado por silencio administrativo.
Además, se habilita la libre importación y exportación de gas licuado, sin necesidad de autorización previa, salvo que no se haya garantizado el abastecimiento interno. En esos casos, el Estado podrá oponerse dentro de siete días corridos, pasado ese plazo sin respuesta, también se dará por aprobado.
El decreto flexibiliza el régimen de marcas, permite el uso compartido de envases y elimina cláusulas de exclusividad en contratos comerciales. También se crea un parque común de envases para facilitar el acceso a fraccionadores más pequeños.
El rol del Estado se reduce al control técnico y de seguridad. La Secretaría de Energía ya no podrá intervenir en aspectos operativos ni económicos del sector, aunque podrá delegar tareas de fiscalización en organismos públicos, privados o jurisdicciones provinciales.
Según el texto oficial, la reforma busca “promover una regulación moderna y eficiente, orientada al desarrollo del sector”, corrigiendo lo que considera una “sobrerregulación” que generó distorsiones de precios y sobrecostos.
El nuevo artículo 1° de la norma establece como prioridad asegurar el suministro económico y confiable de GLP a los hogares de bajos ingresos sin acceso a gas natural por redes, aunque con un marco de mayor apertura y competencia para el sector privado.
La medida entra en vigencia de forma inmediata y deberá ser analizada por la Comisión Bicameral del Congreso, que evaluará su validez legal.
