En tan solo tres días hábiles finalizará el blanqueo de capitales, uno de los programas más importantes de la gestión de Javier Milei. Este proceso, que no cuenta por ahora con prórrogas, ha permitido que ingresen aproximadamente 35.000 millones de dólares al sistema económico, de los cuales alrededor de 25.000 millones permanecen en el sistema financiero y no han sido retirados por los ahorristas. Este resultado ha sido considerado un éxito por el Gobierno.
Con el cierre del blanqueo, surge ahora el debate sobre el destino de esos fondos. Mientras que inicialmente el dinero fue destinado principalmente a proyectos de exportación que requieren dólares, algunos funcionarios, como el ministro Luis "Toto" Caputo, han propuesto que esos recursos también puedan destinarse a créditos para el mercado local, como préstamos para consumo interno o hipotecarios, lo que abriría una nueva etapa para la bi-monetización de la economía.

Final de la tercera etapa del blanqueo
Según las disposiciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el plazo para adherir al blanqueo concluye el 7 de mayo, aunque los interesados podrán continuar con la presentación de la Declaración Jurada hasta el 6 de junio de 2025. Para ello, deben realizar una manifestación de adhesión a través del servicio "Portal Régimen de Regularización de Activos Ley 27.743", completando el formulario F3320.
La ley establece que los participantes del blanqueo quedan exentos del pago de impuestos, así como de multas y sanciones, con excepción de aquellos casos que involucren facturas apócrifas. Además, los que ya se habían adherido en etapas anteriores podrán incorporar nuevos bienes a la regularización, pagando un 15% sobre el total de los bienes, con un límite de 100.000 dólares.

Quiénes pueden acceder y qué bienes regularizar
Los residentes fiscales argentinos hasta el 31 de diciembre de 2023, ya sean personas humanas o jurídicas, pueden acceder al régimen de blanqueo. También podrán participar aquellos que, habiendo perdido la residencia fiscal antes de esa fecha, la hayan retomado a partir del 1 de enero de 2024.
Los bienes que pueden regularizarse incluyen:
En Argentina: moneda nacional o extranjera (sin incluir efectivo a partir de esta etapa), inmuebles, acciones, títulos valores cotizados en bolsas, entre otros activos.
En el exterior: moneda extranjera, inmuebles, acciones no cotizadas, bonos y créditos de cualquier tipo, siempre que el deudor no sea residente fiscal en Argentina.
Exclusiones y condiciones especiales
Existen algunas exclusiones dentro del régimen, como los bienes ubicados en países considerados de alto riesgo o bajo monitoreo, según el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Además, los funcionarios públicos y sus familiares están excluidos de la posibilidad de regularizar bienes no declarados, con la salvedad de que si se detectan bienes no regularizados en sus declaraciones, se les podrá aplicar sanciones adicionales.
