El Ejecutivo nacional modificó el criterio fiscal sobre las ventas realizadas desde Tierra del Fuego hacia el continente a través de envíos directos al consumidor. A partir de ahora, esos productos serán considerados como consumo interno y no como importaciones, lo que evita cargas impositivas que antes inflaban los precios.
El cambio fue formalizado mediante el Decreto 535/2025, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La normativa beneficia especialmente a empresas fueguinas que comercializan tecnología y productos del hogar, como televisores, celulares y microondas, los cuales podrán llegar a cualquier punto del país con menos trabas y precios más competitivos.
La resolución permite que las compras hechas a través de plataformas digitales o canales electrónicos bajo el régimen de pequeños envíos sean facturadas como ventas nacionales. Antes, debían tributar como si fueran importaciones, lo que generaba percepciones de IVA, créditos fiscales difíciles de usar y problemas contables.

El nuevo esquema sólo aplica a productos fabricados en Tierra del Fuego bajo el régimen de promoción industrial. No se incluyen bienes que ingresen como importados sin transformación local. Además, se mantiene el límite de tres compras anuales por persona con un tope de USD 3.000 por operación.
La AFIP y la Secretaría de Hacienda emitieron resoluciones complementarias para poner en marcha el nuevo sistema. Se elimina la aplicación de regímenes de retención y percepción, y se aclara que la venta debe ser directa, sin intermediarios, con la empresa fueguina emitiendo la factura final.
Desde el Gobierno señalaron que la medida busca impulsar la industria del sur, fortalecer el comercio electrónico y generar mayor competencia en el mercado minorista. Las empresas deberán adaptar sus plataformas para aprovechar el nuevo marco fiscal, que ya está plenamente vigente.
