El Gobierno nacional extendió hasta el 31 de diciembre de 2026 el beneficio que permite a las microempresas computar parte del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias, conocido como impuesto al cheque, como pago a cuenta de las contribuciones patronales.
De este modo, las firmas categorizadas como microempresas podrán seguir descontando hasta el 30% del impuesto al cheque efectivamente ingresado, monto que puede aplicarse como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
El beneficio, que originalmente vencía en diciembre de 2024 y ya había sido prorrogado hasta fines de 2025, se mantendrá ahora vigente durante todo el ejercicio 2026. La decisión responde a la persistencia de los motivos que dieron origen a la medida en 2023, orientada a aliviar la carga tributaria sobre las empresas de menor tamaño.

La prórroga fue oficializada a través de la Resolución General 5817/2026 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), publicada este miércoles en el Boletín Oficial, en línea con lo dispuesto por el Decreto N° 923/25.
Para la determinación de los aportes y contribuciones, los empleadores deberán utilizar el sistema informático “Declaración en línea”, empleando el release 5 de la versión 47 del programa, disponible en el sitio web institucional del organismo y accesible mediante Clave Fiscal.
Qué es el impuesto al cheque
El Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias es un tributo de alcance nacional que grava los movimientos de dinero realizados a través del sistema financiero. Fue creado en 2001, en el contexto de la crisis económica, como una medida transitoria, aunque con el paso de los años se consolidó como un impuesto permanente.
El gravamen se aplica sobre:
Cada crédito (depósito) en cuentas bancarias.
Cada débito (extracción, transferencia o pago) realizado desde esas cuentas.
La alícuota general es del 0,6% por cada movimiento, lo que implica una carga total del 1,2% cuando se consideran el crédito y el débito de una misma operación. No obstante, existen alícuotas reducidas y exenciones para determinados sectores y actividades.
El impuesto alcanza a personas físicas, empresas, comercios, monotributistas y sociedades, siempre que realicen movimientos a través de cuentas bancarias sujetas al tributo.
