El Departamento General de Irrigación (DGI) resolvió adherir al decreto provincial que declaró la emergencia agropecuaria en distintas zonas productivas de Mendoza afectadas por fenómenos climáticos. La decisión quedó formalizada mediante la Resolución 197, publicada este lunes, en el marco de la Ley 9083, que regula la asistencia a productores frente a desastres naturales.
La medida establece beneficios para quienes registraron daños significativos en sus cultivos. Los establecimientos con pérdidas de entre el 50% y el 79% serán considerados en estado de emergencia agropecuaria y recibirán un crédito equivalente al 50% del canon anual de riego, siempre que la propiedad no supere las 20 hectáreas.

En los casos donde las pérdidas superen el 80% de la producción, se declarará desastre agropecuario. Para esos productores, el beneficio será mayor, ya que podrán acceder a un crédito que cubre el 100% del canon anual de riego, también dentro del límite de superficie establecido por la normativa.
La resolución además contempla alternativas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones. Los productores podrán cancelar el saldo en un solo pago con vencimiento el 31 de agosto de 2027 o incorporarse a los planes de regularización de deuda vigentes en ese momento. También se habilita la posibilidad de abonar la mitad del canon en las fechas habituales, para reducir el impacto económico inmediato.
La identificación de los beneficiarios se realizará a partir de la información que proporcione la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas, organismo encargado de certificar oficialmente los daños en las explotaciones agrícolas. Esa dependencia deberá enviar antes del 30 de junio de 2026 el listado de productores afectados, datos que luego serán verificados con los registros del sistema de riego.



