Cómo serán las multas en Mendoza para los que no cumplan con el uso del tapabocas obligatorio:
Quien no lleve la protección obligatorio, la suma de dinero siempre será de 5.000 pesos, sin importar dónde se encuentre al mendocino.
Por su parte, regirán también multas desde 10 mil hasta 50 mil pesos, las cuales se percibirán a los propietarios de establecimiento en los cuales se encuentren personas sin protección.
En un almacén chico o mediano, la multa será de $10.000, en tanto, en un híper o supermercado, la cifra ascenderá a los $50.000.
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A partir de este miércoles 15 de abril, será obligatorio el uso de un elemento de protección facial, el cual debe cubrir nariz, boca y mentón. Asimismo, no se exige el uso de barbijos sanitarios, ya que serán reservados de forma exclusiva para el personal de la Salud y de Seguridad.
Qué protección facial puede ser utilizada:
El Decreto estableció el uso de los siguientes elementos: tapabocas, bandanas, pañuelos buff, cuellos multifuncionales, etc.
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