Durante las últimos días del año la provincia de Mendoza experimenta elevadas temperaturas, incitando a muchos ciudadanos a buscar refugio en ríos, cauces, acequias, lagos o canales. Sin embargo, esta práctica conlleva serios riesgos para la infraestructura hídrica y la seguridad pública, culminando frecuentemente en lamentables accidentes. La Ley 9009, o nuevo Código Contravencional de la Provincia de Mendoza, prohíbe explícitamente bañarse en canales de riego, una normativa que responde a las trágicas estadísticas de los últimos años, donde aproximadamente 20 personas han fallecido en estas circunstancias, muchas de ellas jóvenes o niños bajo supervisión inadecuada.
En imágenes observamos a niños que se bañan en un canal que transporta agua con una importante fuerza en calle Ballofet y Olascoaga de Las Heras.
Los peligros en estos canales son variados y a menudo mortales: desde rocas que pueden causar pérdida de conciencia al impactar, hasta sistemas de compuertas mortales, pasando por las bajas temperaturas del agua que pueden llevar a shock térmico y corrientes traicioneras que arrastran a los bañistas. Un canal típico puede llevar unos 2 mil litros de agua por segundo, equivalente a la fuerza de impacto de una camioneta.
Mendoza, rica en recursos hídricos con 38 diques y más de 12 mil kilómetros de canales, parte de ellos en propiedades privadas, urge a sus ciudadanos a reconocer los riesgos asociados con el baño en estos lugares.
A pesar de los esfuerzos continuos de Irrigación, el Ministerio de Seguridad y Defensa Civil para mantener las áreas seguras y educar al público, es vital que la comunidad en general se comprometa con su propia seguridad y obedezca las regulaciones establecidas.