El Gobierno nacional resolvió mantener la decisión de cerrar de manera definitiva el Fondo Fiduciario de Asistencia Directa a Víctimas de Trata, aunque dispuso que los recursos decomisados vinculados a esa finalidad no quedarán bajo libre disponibilidad del Tesoro Nacional.
La medida, que había generado críticas de organizaciones y sectores vinculados a la lucha contra la trata de personas, fue oficializada a través de la Resolución 788/2025 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial. La norma señala que, si bien el fondo será liquidado, los activos provenientes de decomisos judiciales y de causas por lavado de dinero relacionados con delitos de trata de personas deberán preservarse para cumplir con los fines previstos en la Ley 26.364, que establece la asistencia directa a las víctimas.

Esta decisión implica una marcha atrás parcial, ya que, pese a la disolución administrativa del fideicomiso, los recursos retenidos seguirán afectados a su destino original y no podrán ser utilizados por el Estado para otros fines.
El cierre del fondo se enmarca en la política de reordenamiento de fideicomisos públicos impulsada por el Ejecutivo. A fines de noviembre, mediante el Decreto 1048/2024, el Gobierno había dispuesto la eliminación de cinco fondos fiduciarios, amparado en las facultades otorgadas por la Ley Bases, que permite modificar o liquidar estos instrumentos financieros.
Según los fundamentos oficiales, auditorías realizadas por la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) detectaron deficiencias en la gestión del fondo para víctimas de trata, entre ellas la falta de manuales de procedimiento, debilidades en el contrato de fideicomiso y carencia de un sistema informático de control. Para el Gobierno, estos problemas justificaron su disolución, junto con otros fideicomisos que, según las evaluaciones internas, presentaban costos administrativos elevados y falta de transparencia en el uso de los recursos.
De esta manera, aunque el instrumento fiduciario como tal dejará de existir, el destino específico de los fondos originados en causas judiciales quedará resguardado para su utilización exclusiva en la asistencia directa a víctimas, conforme lo establece la normativa vigente.
