La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de los Estados Unidos celebró este miércoles la audiencia de alegatos orales en la apelación presentada por la Argentina en el caso Petersen Energía / Eton Park Capital Management vs. República Argentina y YPF S.A.
La Procuración del Tesoro de la Nación informó que se trata de la apelación de la sentencia por USD 16.100 millones, dictada en septiembre de 2023 por la Corte del Distrito Sur de Nueva York, a cargo de la jueza Loretta Preska, considerada “errónea” por el Estado argentino.
Durante la audiencia, los abogados de la Argentina subrayaron la responsabilidad del tribunal estadounidense de aplicar correctamente el derecho argentino, tal como lo haría un tribunal local. Enfatizaron la importancia institucional del caso y apelaron al sentido de justicia y a la integridad del sistema judicial de los Estados Unidos.
Según la Procuración, el litigio “no es un caso de derecho bursátil estadounidense” ni se refiere a declaraciones vinculadas con la oferta pública inicial (IPO) de YPF de 1993. Recordaron que los demandantes “no participaron en esa oferta pública”, sino que adquirieron sus acciones quince años después, en transacciones privadas en España con Repsol, rodeadas de “serias sospechas de corrupción”.
Los abogados argentinos remarcaron que los fondos Petersen y Eton Park realizaron una inversión mínima de capital, y junto con Repsol, drenaron recursos de YPF mediante el pago de dividendos exorbitantes antes de la expropiación.
“Eran plenamente conscientes de que cualquier controversia sobre la aplicación del estatuto de YPF debía resolverse conforme a la ley argentina y ante los tribunales argentinos”, afirmaron. Sin embargo, los demandantes optaron por litigar en EE.UU. varios años después, en lugar de acudir a la Justicia argentina.
En una crítica directa a la jueza Preska, los representantes legales de la República sostuvieron que “la sentencia pretendió aplicar el derecho argentino pero llegó a conclusiones que ningún tribunal argentino ha sostenido ni sostendría jamás”.
La Procuración identificó al fondo Burford Capital, con sede en el Reino Unido, como el “verdadero impulsor del litigio”. Según el Gobierno, Burford compró el reclamo por apenas 15 millones de euros y ahora busca una ganancia superior al 37.000%, es decir, más de USD 18.000 millones con intereses, “a expensas del pueblo argentino”.

Además, se señaló que Burford Capital “ha manifestado públicamente su intención de poner arena en los engranajes del proceso de normalización de la Argentina”, intentando obstaculizar la reinserción del país en los mercados internacionales de capital. Esta conducta, sostuvo la Procuración, trasciende lo jurídico y apunta a interferir deliberadamente en la recuperación económica y reputacional de la República.
El comunicado también vinculó este tipo de prácticas con el “modus operandi de gobiernos anteriores liderados por Cristina Fernández de Kirchner”, donde “grupos empresariales amparados por el poder político se enriquecieron sin riesgo y quebraron sin rendir cuentas”. En contraste, destacó que bajo la presidencia de Javier Milei, la estrategia ha sido enfrentar con firmeza la herencia recibida y proteger los intereses jurídicos del país.
La Procuración del Tesoro resaltó la estrategia de defensa coordinada entre Buenos Aires y Nueva York, orientada a resguardar el patrimonio público y a fortalecer la seguridad jurídica.
“La República Argentina agradece el apoyo de varios Estados que presentaron escritos ante el tribunal respaldando la posición argentina. Cada acción emprendida busca la defensa del interés nacional, la protección del patrimonio público y la consolidación de una Argentina jurídicamente previsible y económicamente estable”, señaló el organismo.
Finalmente, el Gobierno expresó su optimismo respecto a que la Corte de Apelaciones revocará la decisión de la Corte de Distrito, reconociendo que los tribunales estadounidenses no deben intervenir en controversias domésticas, y garantizando así la correcta aplicación del derecho argentino y la integridad del sistema judicial internacional.


