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Servicio esencial: los puntos clave del decreto que obligó a levantar el paro del SMN

El decreto establece que el servicio meteorológico aeronáutico es esencial para la seguridad de los vuelos y dispone que EANA asuma la prestación principal.

Servicio Meteorológico Nacional

El paro previsto en el Servicio Meteorológico Nacional (SMN) fue levantado luego de que el Gobierno nacional declarara como servicio esencial la actividad meteorológica aplicada a la navegación aérea.

La decisión se formalizó mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial, en el marco del conflicto gremial que había derivado en una protesta impulsada por ATE, que introduce cambios en el régimen del servicio y redefine su estructura operativa.

Servicio Meteorológico Nacional

Qué establece el decreto

El texto determina que el servicio meteorológico para la aviación civil pasa a ser considerado esencial, en línea con la normativa vigente en materia de navegación aérea. A su vez, aclara que la esencialidad se limita al MET aeronáutico, es decir, a la información clave para despegues, aterrizajes, planificación de rutas y control del tránsito aéreo.

Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del artículo 15 de la Ley 27.161 de Navegación Aérea, que redefine la responsabilidad sobre el servicio. A partir de ahora, la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA SA) será la encargada principal del MET aeronáutico.

El nuevo esquema habilita a que el servicio pueda ser prestado de manera directa o mediante terceros, siempre que cumplan con los estándares técnicos exigidos por la Administración Nacional de Aviación Civil.

El decreto establece un período transitorio de hasta 180 días hábiles durante el cual el SMN deberá continuar prestando el servicio, asistiendo a EANA mientras se implementa el nuevo sistema.

Según el Gobierno, esta etapa busca garantizar la continuidad operativa y evitar cualquier afectación en la seguridad aérea.

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