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Tras la represión, ordenaron a Larreta que cesen los operativos policiales en la casa de Cristina Fernández

Se lo ordenó el juez Roberto Gallardo al jefe de Gobierno porteño mediante una medida cautelar, en el marco del trámite de una serie de recursos de amparos presentados durante el fin de semana por dirigentes vinculados al Frente de Todos.

Represión

El juez Roberto Gallardo, con jurisdicción en el ámbito capitalino, le ordenó este lunes al jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, que “cese de forma inmediata la ejecución de cualquier operatoria policial directa o indirectamente vinculada con la custodia” del domicilio de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, dado que eso corresponde a la seguridad federal, informaron fuentes judiciales.

El titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario (CAYT) N° 2 de la Ciudad de Buenos Aires dispuso la medida cautelar en el marco del trámite de una serie de recursos de amparo presentados durante el fin de semana por dirigentes vinculados al Frente de Todos, en un fallo al cual tuvo acceso Télam.

Gallardo dispuso “ordenar al señor jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Lic. Horacio Rodríguez Larreta, que por conducto del Ministerio de Seguridad de la Ciudad, cese en forma inmediata la ejecución de cualquier operatoria policial directa o indirectamente vinculada con la custodia de la persona, familia y/o domicilio de la Señora Vicepresidenta de la Nación”.

Foto Pepe Mateos
En el segundo punto de la resolución que emitió este lunes por la tarde ratificó que “la custodia de la persona y domicilio de la Vicepresidenta sito en esta ciudad, están a cargo de las autoridades de seguridad federales, que deben ejercer a esos efectos la unidad de comando y la coordinación operativa con las fuerzas locales”.

A párrafo seguido estableció que “la fuerza federal encargada de la custodia Presidencial será la habilitada para determinar, en función de las eventualidades específicas, el radio territorial de cobertura y las modalidades que asuman los operativos de prevención y/o contención en su caso”.

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