El Senado dio media sanción al proyecto de reforma laboral luego de incorporar 28 cambios en la previa al debate. Entre los puntos que impactarán de forma más directa en trabajadores y empleadores se destacan las nuevas disposiciones sobre vacaciones, indemnizaciones por despido y banco de horas, que quedaron definidas en el texto aprobado.
En materia de vacaciones, la norma mantiene que deben otorgarse entre el 1° de octubre y el 30 de abril, aunque permite acordar fechas fuera de ese período. Como novedad, habilita el fraccionamiento del descanso, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días corridos, y obliga a garantizar que cada trabajador pueda tomarlas al menos una vez cada tres años durante la temporada de verano.

Respecto de las indemnizaciones por despido sin causa, se establece el pago de un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses, tomando como base la mejor remuneración mensual habitual, pero excluyendo conceptos no mensuales como el aguinaldo. Además, se fija un tope de hasta tres veces el salario promedio del convenio colectivo aplicable y se habilita la posibilidad de reemplazar el esquema por un fondo de cese laboral mediante acuerdo colectivo.
En cuanto al banco de horas, el proyecto permite acordar por escrito sistemas de compensación de horas extra, que deberán ser voluntarias y registradas. El mecanismo posibilita compensar jornadas más largas con otras más cortas, siempre que se respeten los límites legales y los descansos mínimos de doce horas entre jornadas y treinta y cinco horas semanales.



