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REGISTROS FALSOS

ANMAT prohibió varios productos de cosmética y cuidado personal por irregularidades

La medida alcanza a productos sin registro o con etiquetas falsificadas. Entre ellos, un aceite de oliva, un suplemento dietario importado y artículos de cuidado personal sin autorización.

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una serie de productos alimenticios, cosméticos y de cuidado personal, al detectar diversas infracciones sanitarias. Las medidas fueron oficializadas a través de cuatro disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, e incluyen desde un aceite de oliva hasta un suplemento dietario de venta online.

 

Aceite de oliva falsamente rotulado y suplemento sin autorización

La Disposición 5433/2025 ordenó el retiro del “Aceite de oliva marca SOMA”, fabricado supuestamente por SOMA S.A. en Córdoba, tras verificarse que carece de registros válidos y utiliza rótulos apócrifos. Según el informe del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), el producto no puede ser identificado como elaborado o fraccionado en un establecimiento habilitado, por lo que su comercialización fue prohibida en todo el país.

En paralelo, se prohibió el suplemento dietario “DOPA MUCUNA, NOW Brain Support”, fabricado en Estados Unidos. La disposición 5432/2025 concluyó que el producto no cumple con los requisitos legales de importación ni posee habilitación para ser comercializado en Argentina, por lo que también fue considerado ilegal. El caso fue informado a autoridades sanitarias nacionales y provinciales.

 

Colorante alimentario con registros inexistentes

Otro de los productos prohibidos fue el colorante “Chocolate amarillo - LACA” de la marca “Top Class, Premium Pastry Supplies”, al comprobarse que los números de registro exhibidos en su envase no existen. La ANMAT argumentó que el producto infringe varios artículos del Código Alimentario Argentino, al no poder acreditarse su elaboración en condiciones sanitarias controladas. Por esta razón, no podrá ser distribuido ni ofrecido en ningún formato.

 

Prohibición de cosméticos no autorizados

Finalmente, mediante la Disposición 5297/2025, la ANMAT prohibió tres artículos de cuidado personal comercializados por la firma ALGAIBUZ: el “Gel criogénico reductor” marca CELUVERA, el aceite para busto y glúteos FENOGREC y la crema ALIDOL. La denuncia surgió de la Dirección de Cosméticos del organismo, que verificó que ninguno de los productos posee registro sanitario. Además, la empresa ALGABO S.A. desmintió cualquier vínculo con la fabricación de dichos productos.

 

Todas las resoluciones se respaldan en la Ley 18.284, el Decreto 2126/71 y el Código Alimentario Argentino, así como en la Ley 16.463, que regula productos cosméticos e higiene personal. En todos los casos, ANMAT argumentó la inexistencia de garantías sobre la seguridad, eficacia y origen de los productos, así como la presencia de etiquetas falsas o registros inexistentes, lo que implica un riesgo sanitario.
 

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