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ARCA advierte sobre riesgos de transferencias altas en Mercado Pago para monotributistas

El Régimen Simplificado utiliza cruces automáticos de información digital para fiscalizar ingresos. Operaciones electrónicas que superen la categoría declarada pueden derivar en recategorización o exclusión.

mercado pago

El Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) de ARCA se basa en ingresos brutos, parámetros físicos y nivel de gastos, pero la fiscalización ya no depende solo de declaraciones juradas. Hoy, las cobranzas electrónicas, como las realizadas a través de Mercado Pago, son un insumo clave para el control tributario.

El artículo 20 del Anexo de la Ley 24.977 establece las causales de exclusión de pleno derecho, incluyendo gastos incompatibles con los ingresos declarados, depósitos bancarios no justificados y niveles de compras superiores a lo permitido por la categoría.  ARCA puede recategorizar de oficio cuando no se aplica la exclusión automática.

Arca
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La Resolución General 4614/2019 reforzó este esquema al crear dos regímenes informativos vinculados a operaciones digitales.

  • El Título I obliga a procesadores de pago a informar CUIT del vendedor, rubro, monto total de ventas y comisión cobrada. Solo se incluyen transacciones comerciales, no transferencias personales.
  • El Título II alcanza a proveedores de servicios de pago, quienes reportan saldos, ingresos y egresos de las cuentas, pero solo cuando superan ciertos umbrales.

Los riesgos principales para los monotributistas surgen en tres escenarios:

  1. Ventas electrónicas superiores a la categoría declarada: ARCA puede ajustar la recategorización de oficio y, si el monto excede el tope de la categoría máxima (K), se configura la exclusión automática.
  2. Ingresos o saldos incompatibles con la capacidad contributiva: Depósitos o movimientos reportados por billeteras virtuales pueden activar los incisos del artículo 20.
  3. Gastos y compras excesivas: Superar los porcentajes establecidos permite a ARCA realizar recategorización o exclusión según la magnitud.

Una vez notificada la recategorización, el contribuyente dispone de 15 días para aceptarla con reducción de la sanción al 50% o impugnarla. En casos de exclusión, ARCA puede inscribir automáticamente al contribuyente en el régimen general, afectando IVA, Ganancias y aportes de autónomos.

En definitiva, el modelo digital de fiscalización permanente consolida un cruce automático entre facturación y cobranzas electrónicas. La clave no está en la mera existencia de movimientos en Mercado Pago, sino en la compatibilidad entre los ingresos comerciales procesados y la categoría declarada, transformando la información digital en la base objetiva de cualquier ajuste o recategorización.

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