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Duro revés para Alberto Fernández: va a juicio por violencia de género contra Fabiola Yañez

El tribunal rechazó los planteos de nulidad presentados por la defensa del expresidente. La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah. En disidencia, Roberto Boico cuestionó el cierre de la instrucción y propuso revisar las pruebas pendientes.

alberto fernandez

La Cámara Federal porteña confirmó la validez del trámite para elevar a juicio la causa en la que el expresidente Alberto Fernández está procesado por supuesta violencia de género contra la exprimera dama Fabiola Yañez, al rechazar los planteos de nulidad presentados por su defensa.

El fallo, emitido por la sala II del Tribunal de Apelaciones, contó con el voto mayoritario de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, mientras que Roberto Boico votó en disidencia.

La defensa de Fernández, encabezada por la abogada Silvana Carreira, había solicitado anular el traslado dispuesto tras los requerimientos de elevación a juicio formulados por la fiscalía y por la querella, al considerar que el pedido de la acusación particular fue extemporáneo y que la prórroga del plazo de presentación fue concedida de manera irregular.

La mayoría del tribunal sostuvo que, en materia de nulidades, “debe primar un criterio de interpretación restrictivo” y que no se verificó un perjuicio concreto para la defensa.

Los jueces Irurzun y Farah recordaron que esos cuestionamientos ya habían sido tratados y desestimados previamente por el mismo tribunal, y que “la existencia de recursos pendientes no constituye óptico impedimento para la continuación del proceso”.

En relación con el requerimiento de elevación a juicio presentado por el fiscal federal Ramiro González, los magistrados señalaron que “el dictamen fiscal cumple los requisitos de motivación que le impone el artículo 347 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN)”, con lo cual validaron su presentación.

Alberto Fernández
 

Además, remarcaron que si la defensa considera que no se agotó la producción de prueba, podrá hacerlo valer al momento de contestar la acusación.

En su voto en disidencia, el juez Boico opinó que debía dictarse la nulidad de la acusación de la querella de Fabiola Yañez y darse por “decaído su derecho” a presentar el requerimiento por haberlo hecho fuera de término.

También cuestionó que se haya cerrado la etapa de investigaciónsin agotar la producción de prueba relevante ofrecida por la defensa”, lo que, a su entender, implicó una “afectación al debido proceso y al principio de igualdad de armas”.

En minoría, Boico propuso reenviar el expediente al nuevo juez del caso, Daniel Rafecas, para que analice nuevamente si corresponde o no ordenar esas pruebas antes del juicio oral.

La causa por violencia de género cambió de juzgado luego de que se apartó del caso al juez federal Julián Ercolini, quien había iniciado los trámites para el envío a juicio oral.

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