La Secretaría de Energía habilitó formalmente la figura de las estaciones de servicio móviles dentro del marco regulatorio del expendio de combustibles líquidos. La medida quedó establecida a través de la Resolución 504/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial, y define tanto las condiciones técnicas como los requisitos registrales para su funcionamiento.
La resolución precisa que estas unidades operarán mediante depósitos portátiles destinados al abastecimiento minorista y que su implementación busca ofrecer una alternativa eficiente frente a la ausencia de estaciones fijas en amplios sectores del país.
Una herramienta para zonas sin abastecimiento cercano
Según los fundamentos de la norma, las estaciones móviles se consideran esenciales para garantizar el suministro en localidades que no cuentan con servicios permanentes en un radio considerable. La iniciativa apunta a reducir las distancias que deben recorrer los consumidores y a disminuir los costos vinculados al traslado de combustibles.

Los considerandos señalan que esta modalidad representa una opción novedosa capaz de resolver el abastecimiento local en condiciones seguras, con menores costos operativos y mayor adaptabilidad que las instalaciones tradicionales.
La resolución describe a las Estaciones de Servicio Móviles como depósitos portátiles autónomos, completamente equipados para transportar y entregar hidrocarburos. Su carácter móvil permite una instalación rápida y la posibilidad de reubicarlas con facilidad, en contraste con las obras necesarias para construir estaciones que requieren tanques soterrados.
Este nuevo esquema regulatorio se suma a las autorizaciones previas que permitían el uso de tanques sobre el terreno y otros módulos alternativos.
En materia administrativa, la Secretaría de Energía incorporó a los operadores de esta modalidad al Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos. Al mismo tiempo, aprobó procedimientos diferenciados para dos tipologías: la estación modular portátil y la estación de servicio móvil cisterna.


