Un nuevo fallo judicial en Mendoza determinó que la Dirección General de Escuelas deberá indemnizar con 4,5 millones de pesos a los padres de una niña de 11 años que fue víctima de bullying sistemático en una escuela pública de Godoy Cruz.
La decisión fue dictada por la jueza Jorgelina Iérmoli Blanco, del Tribunal de Gestión Judicial Asociada N°2, y constituye un fuerte llamado de atención sobre la responsabilidad estatal frente a casos de violencia escolar.
Durante ocho meses, la menor fue blanco de insultos, agresiones físicas y hostigamiento digital por parte de un compañero de quinto grado. La situación, lejos de ser aislada, se prolongó en el tiempo y afectó no solo a la niña, sino también a su familia: su hermana mayor y su padre fueron víctimas colaterales del acoso.
Pese a los reiterados reclamos presentados por la familia ante el personal escolar, las autoridades no activaron los protocolos de intervención previstos por normativas nacionales e internacionales. La única reacción institucional fue la confección de actas y actividades de reflexión grupal, medidas insuficientes frente a la gravedad del caso.

Hubo inacción del establecimiento educativo
Según consta en el expediente judicial, la inacción del establecimiento educativo agravó el cuadro psicológico de la menor, quien hacia fines de 2022 sufrió una crisis de angustia durante una jornada escolar. El episodio derivó en su internación durante cuatro días en el hospital pediátrico Humberto Notti, donde fue diagnosticada con trastorno de ansiedad severa, depresión crónica y una pérdida aguda de autoestima, con un impacto del 20% en su capacidad funcional.
En lugar de aplicar una medida reparadora, la escuela optó por separar a la víctima de su curso, trasladándola de turno para evitar el contacto con el agresor. La decisión profundizó su aislamiento y comprometió su proceso de integración escolar. “La omisión del Estado fue determinante para el daño sufrido. No se necesitó probar intención o negligencia de los adultos, sino que bastó demostrar que el hecho ocurrió bajo su órbita y control”, argumentó la jueza Iérmoli Blanco en su fallo.
El dictamen judicial establece que el Estado incumplió su deber de cuidado, en el marco de lo estipulado por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y la Ley de Protección Integral. La indemnización contempla el daño moral, los gastos médicos y las consecuencias psicológicas a largo plazo que deberá afrontar la niña.
Este fallo abre una nueva etapa en la discusión sobre la obligación de las escuelas públicas de prevenir, actuar y reparar el daño ante situaciones de bullying, y marca una advertencia clara: la pasividad institucional también genera violencia.



