La Cámara del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, la cual se aprobó este año en el Congreso, y que había quedado en parte sin efecto por una resolución del juez nacional Raúl Ojeda.
La decisión de la Sala VIII del tribunal restableció la vigencia de los puntos clave que habían sido frenados anteriormente por un fallo de primera instancia. Con esta novedad, los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) vuelven a tener plena vigencia en todo el territorio nacional.
La Cámara del Trabajo dispuso que la apelación presentada por el Estado tenga "efecto suspensivo", lo que significa que el freno previo queda “sin efecto” mientras continúe el trámite judicial.
La medida cautelar original, solicitada por la CGT (Confederación General del Trabajo de la República Argentina), argumentaba que la reforma “vulneraba principios constitucionales” como la progresividad laboral y la protección del trabajador.
Mientras, el presidente Javier Milei festejó el último fallo de la Justicia, al asegurar que "no podrán detener el crecimiento que se viene para el país".
En la misma línea, y desde sus redes sociales, el mandatario manifestó que la normativa sancionada el pasado 27 de febrero "sigue vigente”.

