La Policía Ambiental Minera (PAM), dependiente de la Dirección de Minería y la Dirección de Protección Ambiental (DPA) del Ministerio de Energía y Ambiente, continúa con los controles en distintos puntos de la provincia para supervisar el cumplimiento del Nuevo Código de Procedimientos Mineros y de toda la normativa ambiental minera.
Durante esta semana, los operativos se centraron en la zona de Campo Cacheuta, en una acción conjunta con técnicos de la Dirección de Hidráulica, la Dirección Provincial de Vialidad (DPV), la Dirección de Planificación y la Dirección de Gestión de Bienes Registrales.
El jefe de la Policía Ambiental Minera, Guillermo Bickham, destacó la importancia de estos operativos: “Estas acciones permiten verificar en terreno el cumplimiento de la legislación vigente y avanzar en la regularización de la actividad extractiva en un sector estratégico para Mendoza”.
Durante la jornada se evaluaron aspectos clave como el cumplimiento de la normativa ambiental, el estado de caminos y rutas, las condiciones hidráulicas y el peso de los vehículos pesados que transitan en la zona.
Estos controles periódicos, enmarcados dentro del plan de trabajo de la Autoridad Ambiental Minera, son esenciales para garantizar una actividad minera responsable y sostenible. Además de asegurar el cumplimiento de las normas ambientales, también velan por las condiciones laborales y la seguridad de los trabajadores, protegiendo a su vez el entorno natural.

Actas e instrucciones
En algunas canteras, se labraron actas con instrucciones específicas para corregir irregularidades detectadas. Entre las medidas requeridas se incluyen:
- Actualizar la cartelería de ingreso con los números de expediente legal y ambiental.
- Gestionar los permisos necesarios ante la DPV.
- Capacitar al personal en trabajo en altura y tareas con tensión.
- Garantizar el uso obligatorio de cascos, guantes, lentes, calzado, ropa adecuada y chalecos reflectivos.
Durante la inspección, se detectó personal operando en altura sin los Elementos de Protección Personal (EPP) reglamentarios sobre una cinta transportadora. La actividad fue detenida, y se brindaron instrucciones sobre el uso correcto del EPP y el bloqueo de máquinas.

Además, se recordó que la no presentación del Informe de Partida dentro del plazo de 30 días hábiles desde su publicación oficial implicará el cese inmediato de la actividad minera, sin perjuicio de las sanciones administrativas y ambientales que correspondan.


