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Mantienen la prohibición de venta y uso de pirotecnia en Mendoza

Esto, en relación a la proximidad de las Fiestas de fin de año. Las acciones se vienen trabajando desde 2016 y el objetivo es llegar a “Pirotecnia 0” en todo el territorio provincial. En 2020, los municipios aprobaron una ordenanza al respecto. Sólo el departamento de Tupungato está habilitado para el uso de pirotecnia lumínica.

pirotecnia

Como ya viene ocurriendo desde hace varios años para las Fiestas de fin de año, en Mendoza continúa la prohibición en la venta y el uso de pirotecnia

Las acciones se vienen trabajando desde 2016 y el objetivo es llegar a “Pirotecnia 0” en todo el territorio provincial. En 2020, los municipios aprobaron una ordenanza al respecto.

Sólo el departamento de Tupungato está habilitado, por tercer año consecutivo, para el uso de pirotecnia lumínica, llamada pirotecnia fría, exclusiva para eventos y de alto costo.

Otras de las medidas que se adoptaron en los últimos años fue la prohibición de la venta de fuegos de artificio en los stands de material metálico ubicados en playas de supermercados e hipermercados, y anexar la venta de pirotecnia a un comercio de otro rubro.

Como cada año, el Ministerio de Seguridad y Justicia, a través de la Dirección del Registro Provincial de Armas y Registro de Empresas Privadas de Vigilancia (REPAR-REPRIV), realiza controles para detectar lugares que estén vendiendo de forma ilegal.  

De cuánto son las multas

Los valores de las multas para quienes incumplan la ordenanza de los municipios dispuesta por la Ley Tributaria 9432/23 (artículo 27 inciso A.10), en vigencia desde el 1/01/2023 al 31/12/2023, serán de:

-10.1 multas por infracción a la Ley 6954 de 49.350 pesos a 81.890 pesos.

-10.2 Reincidencia infracción Ley 6954 de 98.700 pesos a 163.820 pesos.

-10.3 Infracción artículo 3 Ley 6954 de 245.770 pesos.

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