Con la llegada de junio, millones de trabajadores en relación de dependencia y jubilados se preparan para cobrar el primer medio aguinaldo del año. Aunque es un derecho laboral ampliamente conocido, muchos aún desconocen cuál es la fecha límite para recibirlo y cómo se determina su monto exacto.
¿Qué es el aguinaldo y cuándo se cobra?
El aguinaldo, formalmente denominado Sueldo Anual Complementario (SAC), se paga dos veces al año y está regulado por la Ley 27.073. Esta normativa establece que el aguinaldo debe abonarse en dos cuotas:
Primera cuota: hasta el 30 de junio inclusive
Segunda cuota: hasta el 18 de diciembre
La ley también contempla una tolerancia de hasta 4 días hábiles posteriores a esas fechas para efectuar el pago sin generar incumplimientos legales.

¿Cómo se calcula el monto del aguinaldo?
Según la Ley 27.073, el aguinaldo debe equivaler al 50% del mejor sueldo mensual bruto recibido durante el semestre correspondiente. Esto incluye no solo el salario base, sino también todos los ingresos adicionales percibidos, como:
Horas extras
Comisiones
Bonificaciones
Pagos por feriados trabajados, entre otros
Si el trabajador no prestó servicios durante todo el semestre (por ejemplo, si fue contratado recientemente), le corresponde un aguinaldo proporcional a los meses trabajados.
¿Y los jubilados?
Los jubilados y pensionados también cobran aguinaldo, y en su caso, el pago es gestionado por ANSES, que lo deposita junto con el haber mensual en las fechas estipuladas del calendario de pagos.
En resumen:
El aguinaldo se paga dos veces al año, en junio y diciembre.
Tiene fecha límite: 30 de junio y 18 de diciembre, con 4 días hábiles de gracia.
El monto corresponde al 50% del mejor sueldo del semestre.
Jubilados también lo cobran, a través de ANSES.
