Desde este 1 de enero, comienza a regir en el país el sistema de recetas electrónicas, marcando el fin de la tradicional receta en papel en la mayoría de las provincias. Este nuevo esquema busca garantizar una prescripción más segura, eficiente y transparente, aunque en áreas sin conectividad se mantendrá el formato tradicional.
Un sistema más conectado y accesible
El Ministerio de Salud de la Nación, tras reglamentar el sistema en diciembre pasado, estableció que la receta electrónica será la única forma válida para prescribir medicamentos. Según la Resolución 5744/2024, las farmacias de todo el país podrán acceder a las recetas electrónicas a través de repositorios digitales interconectados, que deberán disponer de interfaces de programación (APIs) públicas para garantizar un acceso universal y fluido.
El Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (Renapdis) ya cuenta con más de 200 repositorios registrados y 110 plataformas aprobadas para el uso de profesionales de la salud, facilitando la adopción de esta modalidad.

Provincias que adhieren y excepciones
De las 24 jurisdicciones del país, 11 provincias ya implementaron el sistema de receta electrónica:
- Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán.
Cuatro jurisdicciones (Buenos Aires, CABA, Chubut y La Rioja) cuentan con normativas propias sobre recetas electrónicas, mientras que Río Negro y Santa Fe están en proceso de aprobación legislativa para incorporarse al sistema.
En las localidades con problemas de conectividad o áreas alejadas, las recetas en papel seguirán siendo válidas hasta que puedan adaptarse plenamente al nuevo modelo.

Datos obligatorios en las recetas electrónicas
Para ser válidas, las recetas electrónicas deben contener la siguiente información:
- Datos del profesional prescriptor: nombre, matrícula, especialidad, profesión y domicilio.
- Código de barras: para garantizar la autenticidad de la receta.
- Identificación del paciente: nombre, fecha de nacimiento, DNI, sexo, obra social o prepaga (si corresponde).
- Descripción del medicamento: nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica, cantidad, y, de manera opcional, el nombre comercial sugerido por el profesional.
- Diagnóstico: relacionado con la prescripción.
- Fecha de emisión.
- Firma digital del profesional: que respalde la autenticidad de la receta.



