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¿Tenés que pagar tu boleta del IPV? Ahora lo podés hacer de manera online

La entidad brinda la posibilidad de sumar nuevos beneficios por el pago del primer semestre completo o la cancelación del correspondiente año.

IPV / Prensa de Gobierno

Como ocurre cada año, el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) brinda la posibilidad a los beneficiarios que se encuentren al corriente con sus pagos, obtener descuentos al abonar sus facturas semestrales o anuales de sus créditos.

Para motivar a los usuarios, la entidad propuso un descuento del 15% a todo aquella persona que realice la cancelación de 6 o 12 meses por adelantado. Según detallaron, tienen tiempo para hacerlo hasta el 21 de marzo en todas las bocas de cobranza que se encuentren habilitadas actualmente.

Para poder hacerlo, brinda la posibilidad de descargar la boleta desde el sitio oficial de internet o la app del instituto. A continuación te detallamos los pasos:

Primeramente, se debe ingresar al sitio del IPV y de ahí, cliquear en “Pagá o descargá tu factura on-line”. Lo siguiente es completar con datos personales, escribiendo su DNI o código de adjudicatario. Luego, se debe seleccionar la boleta correspondiente que saldrá si los datos son correctos. A partir de allí se puede imprimir y pagarla en las bocas de cobranza habilitadas.

Después, se puede elegir si pagarlo presencialmente o virtual. Si se decide por la segunda opción, podrá seleccionar el medio de pago a su conveniencia.

La entidad destaca que el vencimiento de las boletas de pago anual y semestral tienen fecha de vencimiento del 21 de marzo del corriente año, no así las boletas mensuales, que vencen del 21 del mes en curso.

Sumado a lo anteriormente explicado, dieron a conocer otros beneficios. El IPV continúa con el beneficio del 10% de descuento por estar al día. También, aquellos que enfrentan dificultades financieras y buscan regularizar sus deudas, se ha ampliado las oportunidades.

Quienes cancelen el total de la deuda en un solo pago podrán acceder a un 100% de descuento de los intereses moratorio. Por último, podrán hacerlo también hasta en 36 cuotas sin interés, aunque en este caso no se deducirán los intereses de la mora.

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