El plazo para presentar el Formulario 572 Web vence el próximo lunes 31 de marzo de 2025. Es fundamental realizar esta gestión a tiempo para garantizar la correcta determinación del Impuesto a las Ganancias y, en caso de corresponder, acceder a reintegros por las retenciones efectuadas en 2024.
La presentación se debe realizar a través del servicio “SIRADIG Trabajador” disponible en la web de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con clave fiscal.

¿Qué información se debe declarar en el SIRADIG?
1. Carga de Familia
Deben incluirse los familiares a cargo que cumplan con estos requisitos:
Cónyuge e hijos que hayan residido en el país al menos 6 meses durante el año fiscal.
No percibir ingresos netos anuales superiores a $3.503.688,17 (equivalente a la ganancia no imponible anual 2024).
2. Pluriempleo
Si un trabajador tiene más de un empleo, el empleador que abona la mayor remuneración será el encargado de calcular y retener el impuesto. Los ingresos de los otros empleos deben ser informados mediante el Formulario 572 Web.
3. Deducciones Permitidas
Los contribuyentes pueden computar las siguientes deducciones, sujetas a los topes establecidos:
Cuota médico-asistencial (hasta el 5% del ingreso neto).
Donaciones a entidades exentas reconocidas por ARCA (hasta el 5% del ingreso neto).
Servicios médicos y paramédicos (deducible el 40% del gasto, hasta el 5% del ingreso neto).
Primas de seguros de vida y de retiro: hasta $195.845,39 anuales.
Intereses por créditos hipotecarios destinados a la compra o construcción de vivienda única: hasta $20.000 anuales.
Remuneraciones y contribuciones por personal de casas particulares (hasta el monto de la ganancia no imponible anual).
Gastos en indumentaria o equipamiento laboral, si no fueron reintegrados por el empleador.
Aportes a Sociedades de Garantía Recíproca como socio protector (mínimo 2 años de permanencia).
Gastos educativos de hijos o cargas de familia hasta 24 años que cursen estudios regulares (deducible hasta el 40% de la ganancia no imponible, es decir, $560.590,07 en 2024).
Alquiler de vivienda: deducible hasta el 40% del importe abonado anualmente, siempre que:
El contribuyente no sea titular de ningún inmueble.
El contrato esté registrado en el servicio “RELI” de ARCA.
El alquiler esté debidamente facturado.
4. Percepciones por operaciones en moneda extranjera
Los contribuyentes pueden informar las percepciones realizadas bajo la Resolución General 4815 de ARCA, incluyendo:
Compras con tarjeta en moneda extranjera.
Pasajes, alojamientos y servicios contratados en el exterior.
Plataformas digitales extranjeras.
Estas percepciones serán computadas como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
Actualización del Impuesto a las Ganancias en 2025
A partir de este año, el formulario presenta modificaciones, entre ellas una actualización semestral de escalas y deducciones basada en la inflación acumulada. Esta medida, impulsada por ARCA, busca dar mayor previsibilidad a los trabajadores y jubilados alcanzados por el tributo, incrementando también la cantidad de contribuyentes obligados a pagarlo.



