La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) emitió dos nuevas disposiciones mediante el Boletín Oficial, en las que prohibió la comercialización de un aceite de cannabis y de una línea de equipos médicos.
En la Disposición 5263/2025, el organismo estableció la prohibición del uso, comercialización, publicidad, publicación en plataformas de venta en línea y distribución en todo el territorio nacional del producto denominado "Ungüento de Coca-Árnica y Aceite de Cannabis", debido a que no se encuentra registrado ante la Anmat.

El envase del producto indicaba que servía para calmar dolores de migraña, cabeza, muela, espalda, inflamación de venas varicosas, resfriados, lumbalgia, entre otros usos. Sin embargo, la investigación del organismo reveló que el establecimiento elaborador declarado en el producto no posee habilitación, y que el ungüento no cuenta con autorización como producto vegetal a base de cannabis ni de sus derivados.
Equipos médicos: sin registro ni sede declarada
Por otro lado, a través de la Disposición 5112/2025, también se dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de todos los productos distribuidos o comercializados por la firma Biotecnica de Carlos Marisi.
Los productos fueron ofrecidos a través del sitio web oficial de la empresa, pero la Anmat confirmó que la firma no cuenta con habilitación para funcionar. Además, en el domicilio declarado no se encontró ninguna sede comercial activa, según se verificó mediante Google Maps.
Entre los dispositivos médicos prohibidos se encuentran:
Incubadoras de transporte
Incubadoras de cuidados intensivos y/o intermedios
Desfibriladores automáticos externos
Ante estas irregularidades, la Anmat ordenó suspender la actividad de Biotecnica hasta tanto la firma obtenga las autorizaciones sanitarias correspondientes.
