A partir de la frágil situación que empezó a aquejar al entramado productivo, el Ejecutivo avanzó en una serie de instrumentos económicos para asistir a cientos de miles de empresas y millones de trabajadores de todo el país. Sin embargó, también optó por llevar adelante una prórroga en la prohibición de despidos.
La medida abarca a desvinculaciones "sin justa causa" y "por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor". Además, incluye también la imposibilidad de efectuar suspensiones con las mismas causales. Sin embargo, quedan exceptuadas las que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo: es decir, las pactadas individual o colectivamente u homologadas por la autoridad de aplicación.
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