De esta manera, las billeteras virtuales pasan a funcionar como agentes de recaudación, al igual que los bancos, aplicando la alícuota establecida en el padrón mensual elaborado por ARBA, que puede ir de 0,01% a 5% según la actividad. Por ejemplo, la construcción tiene una retención de 0,10% y las profesiones liberales de 0,80%, mientras que los contribuyentes con alto riesgo fiscal enfrentan porcentajes más elevados.
Para no sufrir retenciones, los monotributistas pueden adherirse al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos desde la web de ARBA, lo que implica un pago mensual fijo y la eliminación de débitos automáticos en sus cuentas. Además, los contribuyentes pueden solicitar una alícuota cero en el padrón si tienen saldo a favor o si las retenciones generan un pago en exceso.

En la práctica, quienes no están inscriptos en Ingresos Brutos de la provincia no deberían sufrir retenciones. También quedan excluidos los contribuyentes cuyas actividades están exentas o nunca presentaron declaración jurada en ese tributo.
Así, el nuevo régimen busca unificar el tratamiento entre bancos y fintech, aunque los especialistas advierten que será clave que los contribuyentes revisen su situación fiscal y gestionen la exención ante ARBA para evitar descuentos innecesarios.
