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Boletín Oficial

Ya rige la baja de retenciones y el Gobierno aclaró las condiciones

El decreto establece que los exportadores deberán liquidar el 95% de lo declarado en los últimos 15 días hábiles en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) para acceder al beneficio.

campo

Este lunes comenzó a regir la reducción de las retenciones y su eliminación para las economías regionales, tras la publicación del decreto 38/2025 en el Boletín Oficial. La medida, firmada por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, estará vigente hasta el 30 de junio.

El decreto establece que los exportadores deberán liquidar el 95% de lo declarado en los últimos 15 días hábiles en la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DJVE) para acceder al beneficio. En caso de incumplimiento, se aplicará la alícuota anterior, siendo la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y el Banco Central los encargados de supervisar.

"Con el objetivo de colaborar con la situación del campo en este contexto de sequía, el Gobierno Nacional decidió bajar las retenciones de manera temporaria en un 20% hasta el mes de junio, inclusive", informó la Secretaría de Comercio. Además, se destacó que la medida busca reducir la carga del Estado sobre los sectores productivos en el marco de una política de superávit fiscal.

Los cambios incluyen una baja en las retenciones para la soja (poroto) del 33% al 26%, para el aceite y harina de soja del 31% al 24,5%, y para trigo, cebada, sorgo y maíz del 12% al 9,5%. El girasol, en tanto, pasará del 7% al 5,5%.

Asimismo, se eliminaron los derechos de exportación para productos de las economías regionales como azúcar, algodón, cuero bovino, tabaco, arroz, maní y chocolates, entre otros, que en 2024 representaron más de 1100 millones de dólares en exportaciones.

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