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ATROZ CRIMEN

Prisión perpetua para el panadero que asesinó a su compañero con grasa hirviendo en Rosario

La Justicia consideró probado que Miguel Martínez actuó con alevosía al atacar mientras dormía a José Sofiudin Jaharise. El crimen ocurrió dentro de una panadería y fue seguido por amenazas reiteradas a su ex pareja.

panadero

El panadero Miguel Martínez fue condenado a prisión perpetua por el homicidio agravado por alevosía de su compañero de trabajo José Sofiudin Jaharise, a quien atacó arrojándole grasa hirviendo mientras dormía en una panadería de Rosario.

El fallo fue dictado por un tribunal de Primera Instancia, integrado por los jueces Lisandro Artacho, Carlos Leiva y Gonzalo Fernández Bussy, que además declaró al acusado penalmente responsable por el delito de amenazas coactivas, en tres hechos, según informó el Ministerio Público de la Acusación.

De acuerdo con la investigación judicial, el crimen ocurrió el 7 de diciembre de 2022, cuando Martínez aprovechó que la víctima se encontraba descansando dentro del local. El agresor llenó un balde plástico con grasa hirviendo proveniente de una freidora, se dirigió a la parte trasera del comercio y, sin mediar palabra, arrojó el líquido a más de 100 grados sobre la cabeza, el rostro y el torso de Jaharise.

Tras el ataque, Miguel Martínez, de 33 años, escapó del lugar a bordo de una moto Guerrero Trip y permaneció prófugo durante varios meses, hasta que fue detenido en marzo de 2023.

La víctima fue trasladada de urgencia al Hospital de Emergencias Dr. Clemente Álvarez (HECA), donde permaneció internada en estado crítico. Finalmente, falleció el 24 de diciembre, como consecuencia de complicaciones multiorgánicas e infecciones, derivadas tanto de la naturaleza del material orgánico utilizado como del lugar del cuerpo donde se produjeron las lesiones térmicas.

Además del homicidio, el fiscal Patricio Saldutti atribuyó al condenado tres episodios de intimidaciones, ocurridos los días 17, 21 y 23 de enero de 2023, en perjuicio de su ex pareja, a quien contactó mediante la red social Facebook, configurando así el delito de amenazas coactivas.

La sentencia impone la pena máxima prevista por el Código Penal, al considerar acreditado que el acusado actuó con alevosía, aprovechando el estado de indefensión absoluta de la víctima al momento del ataque.

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