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Avalaron la continuidad de los docentes suplentes para 2024 en Mendoza

La disposición alcanza a los maestros de Educación Inicial, Primaria, Secundaria, Permanente de Jóvenes y Adultos y Especial, Centros de Capacitación de Trabajo y Escuelas Artísticas Vocacionales, que se desempeñan en cargos y/u horas vacantes.

docentes

La Dirección General de Escuelas (DGE), por medio de la Resolución 7896, que lleva la firma del ministro de Educación, Cultura, Infancia y DGE, Tadeo García Zalazar, estableció este martes la continuidad de los docentes suplentes en sus cargos para el ciclo lectivo 2024.

La disposición alcanza a los docentes suplentes de Educación Inicial, Primaria, Secundaria, Permanente de Jóvenes y Adultos y Especial, Centros de Capacitación de Trabajo y Escuelas Artísticas Vocacionales, que se desempeñan en cargos y/u horas vacantes.

Están incluidos aquellos cuya situación haya cambiado a vacante durante el transcurso del remplazo; remplazan a docentes titulares que hayan efectuado reserva de empleo por representación gremial, política o cargo de mayor jerarquía en la administración nacional, provincial o municipal, en uso de licencia prevista y suplentes de apoyos técnicos; remplazan a docentes que cumplen funciones como miembros de las Juntas Calificadoras de Méritos y las Juntas de Disciplina; remplazan a docentes que se encuentran bajo régimen de Cambio de Funciones otorgado por el Servicio de Auditoría Médica (SeAM), dependiente de la DGE, y remplazan a docentes que se encuentran en uso de licencia hasta la efectiva presentación del docente que goza del mencionado beneficio.

La medida, además, está destinada a docentes suplentes de los niveles y modalidades mencionados que remplazan a docentes con traslado transitorio; estén encuadradas en la Ley de Protección a la Maternidad o en la Ley de Protección Integral para prevenir la violencia contra la mujer, cualquiera sea el origen de la suplencia. Son profesionales de la Dirección de Orientación y Apoyo Interdisciplinario a las Trayectorias Escolares (DOAITE), en el marco del Programa Provincial de Protección a la Escolaridad, y remplazan a docentes con traslado preventivo otorgado por autoridad competente.

Con todo lo anterior, el gobierno escolar pretende optimizar la prestación del servicio educativo. Es por ello que resulta necesario extender la continuidad de funciones de los y las docentes que se desempeñan en cargos y/u horas vacantes. Inclusive, hasta tanto se hagan efectivos los concurso de ingreso a la docencia en los distintos niveles y regímenes especiales, los suplentes en cargos vacantes o en cargos cuyos titulares han reservado empleo sin goce de haberes, tendrán continuidad en sus cargos pudiendo cesar solo por presentación de un titular o informe negativo fundado de un superior jerárquico y en el caso de Nivel Superior del Consejo Directivo.

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