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Bullying: Mendoza incorpora multas y tareas comunitarias para padres que no acompañen a sus hijos

La norma incorpora multas, tareas comunitarias y la obligatoriedad de asistir a talleres cuando los adultos no colaboren ante situaciones de acoso escolar. La ley modifica el Código Contravencional y busca reforzar la corresponsabilidad familiar en la prevención y el abordaje del bullying.

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La Legislatura de Mendoza convirtió en ley el proyecto que incorpora sanciones para padres, madres o tutores cuando sus hijos estén involucrados en situaciones de acoso escolar. La norma, impulsada por el Ejecutivo provincial, modifica el Código Contravencional e introduce un esquema que combina penalidades económicas, tareas comunitarias y la obligación de asistir a talleres de formación.

Un sistema progresivo de intervención

La ley incorpora los artículos 100 bis, 100 ter y 100 quater al Código Contravencional. Establece que ante un caso de bullying la primera intervención corresponde a la escuela, que deberá aplicar el protocolo vigente, registrar la situación y convocar a la familia.

Si los adultos responsables no colaboran, no asisten a las reuniones o desoyen las medidas de acompañamiento establecidas por el equipo escolar, el caso será elevado al Juzgado Contravencional, que podrá aplicar sanciones.

La implementación será paulatina, con el objetivo de promover la corresponsabilidad familiar y brindar herramientas para prevenir y abordar estas situaciones desde el hogar.

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Multas y sanciones previstas

Las sanciones dependerán de la gravedad del hecho y del cumplimiento —o no— de las medidas indicadas por la institución escolar. Se contemplan:

Multas de 1.500 a 3.000 Unidades Fijas, lo que equivale a entre $750.000 y $1.500.000 (según el valor que la UF tendrá desde enero de 2026).

Tareas educativas o comunitarias de hasta 30 días.

En casos de reincidencia, el juez podrá duplicar las sanciones y ordenar la participación obligatoria en talleres o instancias de terapia familiar.

Los fondos recaudados por las multas se destinarán a programas de prevención y asistencia para víctimas de acoso escolar dentro de la Dirección General de Escuelas (DGE), así como a Bibliotecas Populares.

Responsabilidad parental y excepciones

La ley establece la responsabilidad parental directa cuando un menor a cargo incurra en conductas de acoso escolar y los adultos no adopten medidas para evitar la reiteración o reparar el daño.
No obstante, la norma aclara que los responsables quedarán eximidos en casos como:

Suspensión o pérdida de la responsabilidad parental.

Situaciones en las que el otro progenitor tiene el cuidado unilateral.

Medidas de restricción o protección que impidan al adulto involucrarse en la crianza o supervisión del menor.

Un cambio de paradigma ante el bullying

El Gobierno provincial apunta a un enfoque que combine prevención, educación y reparación. La ley busca fortalecer la intervención familiar, entendiendo que la escuela puede detectar y contener, pero que la primera responsabilidad recae en el hogar.

El proyecto tomó impulso luego de episodios recientes que sacudieron a la provincia, como el caso de una alumna de La Paz que ingresó con un arma al establecimiento y disparó en el interior de la escuela, o el caso de un adolescente de San Carlos que se quitó la vida tras sufrir acoso escolar.

En este marco, la DGE también actualizó el Protocolo de Actuación frente a casos de bullying, que detalla los pasos a seguir desde la identificación de la situación hasta su cierre, incluyendo el registro, la comunicación con las familias, el plan de acción inmediato y los mecanismos de derivación a organismos de protección o a la Justicia.

Intervención interdisciplinaria y obligatoriedad

El nuevo protocolo fue elaborado por equipos técnicos de distintas áreas —psicología, psiquiatría, psicopedagogía— y contempla reuniones con las familias de víctimas y agresores. La ley busca resolver uno de los principales obstáculos detectados por el sistema educativo: la falta de asistencia de los adultos responsables a las citaciones escolares.

A partir de ahora, el incumplimiento de estas instancias podrá derivar en sanciones contravencionales, lo que convierte el acompañamiento familiar en una obligación legal para prevenir y abordar la violencia escolar.

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