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A LA JUSTICIA

La UNCuyo desafía a Milei y exige la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario

El Ejecutivo pospuso la aplicación de la normativa hasta definir las fuentes de financiamiento, mientras las universidades exigen su cumplimiento.

uncuyo

El plenario de rectoras y rectores del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), reunido de manera extraordinaria en la Facultad de Derecho de la UBA, decidió por unanimidad que las universidades públicas acudirán a la Justicia para garantizar la ejecución de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente (Ley N° 27.795).

La Universidad Nacional de Cuyo (UNCuyo) se suma a esta postura, considerando que la ley, aunque sancionada y ratificada por el Congreso, no se está aplicando debido a un decreto presidencial que pospone su implementación hasta definir las fuentes de financiamiento.

Contexto y argumentos de las universidades

La Ley de Financiamiento Universitario fue aprobada en agosto, luego vetada por el Ejecutivo y ratificada por el Congreso el 2 de octubre, pero aún no entra en vigor.
El decreto 759/2025 indica que la ley queda suspendida hasta que se incluyan partidas específicas en el presupuesto nacional, conforme al artículo 5 de la Ley 24.629, que exige que todo gasto autorizado cuente con financiamiento previsto.

El CIN aduce que la suspensión unilateral por decreto contraviene la división de poderes y alerta sobre los riesgos institucionales de “naturalizar el incumplimiento de normas con amplia legitimidad social, institucional y política”.

Las universidades buscan no solo la puesta en marcha de la ley, sino también que se incorpore en el presupuesto 2026 la base presupuestaria establecida, incluyendo la actualización automática de gastos según la variación del IPC y el control externo de la Auditoría General de la Nación.

milei
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Impacto y financiamiento

La ley garantiza la protección y sostenimiento del financiamiento de la educación universitaria pública en todo el país y establece:

Actualización automática de los gastos de financiamiento según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Control externo por parte de la Auditoría General de la Nación, con reporte al Congreso.

Créditos presupuestarios para asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios universitarios sin afectar la coparticipación federal ni los aportes del Tesoro Nacional.

Posibilidad de financiarse con incrementos de ingresos corrientes por encima de lo presupuestado.

La medida llega en un contexto de tensión presupuestaria para universidades, docentes y personal no docente, y marca un paso concreto en el conflicto universitario por recursos considerados urgentes para garantizar el funcionamiento normal de las casas de estudio.

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