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Justicia laboral

Ordenaron reincorporar a una mujer policía que había sido despedida luego de ser mamá

En el fallo, los jueces de la Suprema Corte, Mario Adaro y Omar Palermo, determinaron que el Gobierno de Mendoza reincorpore a la trabajadora en el cargo que tenía cuando le dieron la baja.

mujeres-policias

El Ministerio de Seguridad deberá reincorporar a una mujer policía que había sido dada de baja luego de ser madre y que sufría depresión posparto. La Suprema Corte de Justicia consideró en un fallo firmado por los jueces Mario Adaro y Omar Palermo que se trató de un acto discriminatorio y ordenó que se le computen los días de licencia por enfermedad y se la indemnice en concepto de “daño material sufrido”.  

La auxiliar J.D. hizo una presentación en la justica pidiendo su reincorporación y el pago de sus haberes inpagos desde noviembre del 2012 hasta el mes de junio de 2016. Ese período incluye licencias por maternidad, anual ordinaria y aguinaldos. Además, reclamó un resarcimiento por daños y perjuicios generados.

J.D. ingresó a la fuerza en mayo del 2004, prestando servicio por ocho años, cinco meses y diez días. En enero del 2010 presentó un certificado porque estaba embarazada y con la recomendación de hacer reposo durante 15 días, ya que corría riesgo de abortar  

El caso

Cuando nació su bebé, estuvo con licencia por maternidad durante ocho meses luego del parto (enero del 2010 a marzo del 2011). Esto es importante ya que debe computarse fuera del tratamiento por enfermedad.

Luego de esa licencia, presentó otra, ya que estaba con depresión posparto. Durante el lapso de la licencia, quedó nuevamente embarazada, por ende, quedó protegida por la maternidad. Pero este embarazo tuvo varias complicaciones, el bebé nació prematuro y estuvo un mes internado.

Este embarazo fue debidamente notificado y el 13 de noviembre de 2011 solicitó que no se le realizara el corte de haberes por encontrarse en un estado de necesidad, como así también que se le mantuviera la obra social.

Al finalizar la licencia por maternidad en agosto de 2012, se presentó a trabajar y se le informó que estaba “en disponibilidad” por enfermedad, cuando aún estaba protegida por la licencia por maternidad.

Mediante la resolución 2937-S se dispuso la baja obligatoria de la fuerza. La mujer la consideró ilegal y arbitraria ya que se encontraba con licencia por maternidad hasta el 20 de noviembre de 2012. O sea, se quedó sin sueldo ni obra social, provocándole un gran perjuicio.

A su vez, estando de licencia, recibió una citación por parte de la Junta Psiquiátrica y Psicológica. En la misma se le realizaron estudios, se tuvo en cuenta sus antecedentes y decidieron que no reunía las condiciones para ser policía.

Estos exámenes fueron realizados fuera de tiempo y no correspondían, ya que no tenía el alta médica y se encontraba de licencia. Además, ni siquiera le ofrecieron realizar trabajos administrativos. Dos veces le negaron la reincorporación a la fuerza.

La decisión de la Corte

Tras los reclamos pertinentes, los jueces Mario Adaro y Omar Palermo ordenaron que el gobierno provincial reincorporar a la mujer en el cargo que tenía cuando le dieron la baja. Como así también que se omita en el cómputo de sus licencias considerar como licencias por enfermedad los días que fueron usufructuados como consecuencia de su estado de embarazo y del posparto. 

Además, que se le pague una indemnización por daño material equivalente al 50% del monto de las remuneraciones mensuales de que fue privada desde octubre de 2012 y la reincorporación, con la debida actualización y los intereses correspondientes. 

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