Los trabajadores que abonaron el Impuesto a las Ganancias durante 2024 recibirán una devolución junto con su salario en abril o a principios de mayo de 2025. El monto a reintegrar dependerá del nivel salarial y de la actualización de escalas y deducciones que establezca la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Cómo se implementará la devolución
Las empresas serán responsables de aplicar la retención o devolución del impuesto en las nóminas mensuales de abril. Además, tendrán hasta el 31 de mayo de 2025 para presentar ante ARCA los Formularios F1359 de aquellos empleados con rentas anuales superiores a $15.917.863,58.

Plazos y requisitos claves
El 31 de marzo de 2025 vencerá el plazo para la presentación del Formulario 572 SIRADIG Trabajador, documento necesario para calcular la devolución del impuesto. Tras la presentación de esta documentación, las empresas deberán realizar el cierre fiscal y la liquidación de abril. Desde el 1 de abril de 2025, se podrán descargar todas las declaraciones actualizadas y proceder con la devolución correspondiente.
Aún queda por definir si la devolución se calculará con las escalas mensuales actualizadas en septiembre de 2024 o con las escalas anuales.
Sin considerar deducciones en el SIRADIG, los reintegros estimados para abril serían:
Salario bruto anual de $32.500.000: devolución de $367.800 (reducción de la escala del 19% al 15%).
Salario bruto anual de $40.000.000: devolución de $475.500 (escala del 23%).
Salario bruto anual entre $45.000.000 y $50.000.000: devolución de $602.300 (escala del 27%).
Salario bruto anual entre $55.000.000 y $62.700.000: devolución de $757.900 (escala del 31%).
Salario bruto anual entre $72.500.000 y $225.000.000: devolución de $956.900 (escala del 35%).
Estos valores podrán modificarse según la definición de escalas y deducciones que establezca ARCA al cierre del ejercicio fiscal 2024.



