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REFORMA LABORAL

Cómo funcionará el Fondo de Asistencia Laboral que administrará el Gobierno si se aprueba

Si Diputados aprueba el proyecto sin modificaciones, se creará el FAL, un esquema financiado con aportes patronales que hoy van al sistema previsional y que será administrado por la Comisión Nacional de Valores bajo la órbita de los ministerios de Economía y Capital Humano.

caputo

Si la Cámara de Diputados convierte en ley la reforma laboral tal como fue aprobada en el Senado, se pondrá en marcha el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta destinada a financiar indemnizaciones por despido a través de aportes obligatorios de los empleadores.

El fondo estará a cargo de la Comisión Nacional de Valores y dependerá del Ministerio de Economía y del Ministerio de Capital Humano. Según el texto del proyecto, no reemplaza el régimen vigente de indemnizaciones, sino que funcionará como un mecanismo alternativo para facilitar su pago.

capital humano
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Cómo se financiará el FAL

El FAL se constituirá con aportes patronales que actualmente se destinan al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Con la reforma, esos fondos se redireccionarán a cuentas individuales a nombre de cada trabajador.

Los aportes serán obligatorios y mensuales:

1% del salario en el caso de grandes empresas.

2,5% para pequeñas y medianas empresas.

La implementación deberá ser acordada en el marco de los convenios colectivos entre sindicatos y cámaras empresarias.

Especialistas advierten que este cambio impactará en el financiamiento previsional. De acuerdo a estimaciones, la Administración Nacional de la Seguridad Social podría dejar de recaudar alrededor de 2.500 millones de dólares anuales si esos aportes se desvían al nuevo esquema.

Para qué podrá utilizarse

El FAL solo podrá aplicarse a:

Indemnizaciones por despido.

Pago de preaviso.

Integración del mes de despido.

Otros conceptos derivados de la extinción del vínculo laboral previstos en la Ley de Contrato de Trabajo.

El fondo cubrirá estos ítems únicamente en el caso de trabajadores registrados con al menos un año de antigüedad al momento de la desvinculación.

Cambios en el cálculo de indemnizaciones

La reforma también modifica la base de cálculo de la indemnización por antigüedad. Se tomará exclusivamente la remuneración mensual devengada y pagada en cada mes calendario, dejando fuera conceptos no mensuales como el aguinaldo, vacaciones y premios extraordinarios.

En el caso de remuneraciones variables —horas extras, comisiones o premios mensuales— se considerará el promedio de los últimos seis meses o del último año, según resulte más favorable al trabajador.

Además, el proyecto habilita que, ante una sentencia judicial contra personas físicas o PyMEs, el juez pueda autorizar el pago de la indemnización en hasta 12 cuotas mensuales consecutivas.

Con estos cambios, el oficialismo busca reducir la litigiosidad y generar previsibilidad en los costos laborales, mientras que sectores sindicales y especialistas advierten sobre el impacto que el nuevo esquema podría tener tanto en los derechos laborales como en el financiamiento del sistema jubilatorio.

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