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RECLAMO SINDICAL

La CGT presentó un amparo judicial contra el decreto que restringe el derecho a huelga

La Central General de Trabajadores (CGT) llevó ante la Justicia una medida para cuestionar el Decreto 340/2025, que amplía las actividades esenciales y restringe el derecho de huelga, generando un fuerte rechazo del movimiento obrero.

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La CGT presentó ante la Justicia una acción de amparo sindical con el objetivo de frenar la vigencia del reciente Decreto 340/2025 del Gobierno, que limita el derecho a huelga al ampliar la cantidad de actividades consideradas esenciales.

Tal como adelantaron los referentes sindicales la semana pasada, la presentación se concretó hoy ante el Juzgado Laboral N° 3, a cargo de Moira Fullana.

En un comunicado, la CGT expresó su repudio al decreto, señalando que éste "intenta suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate". Además, advirtió que el movimiento obrero "dará batalla en los tribunales, en las calles y en los lugares de trabajo".

Días después, el cosecretario general de la CGT, Héctor Daer, visitó la Casa Rosada y, al ser consultado sobre el decreto, afirmó: "La semana próxima estamos actuando nuevamente en la Justicia. Estamos seguros de que se va a sostener lo que ya predijo la Justicia en primera y segunda instancia con respecto a este tema".

CGT
 

Daer se refirió así al Mega DNU publicado por el presidente Javier Milei poco después de su asunción, que incluía reformas laborales y cuyo apartado sobre derecho a huelga quedó suspendido tras una presentación de la CGT.

"Están reiterando lo mismo que estaba establecido en el decreto DNU 70/23, donde pretendían cercenar el derecho de huelga para muchas actividades, llevándolo a la imposibilidad de tener una medida de acción directa", explicó Daer.

El Decreto 340/2025, publicado el pasado miércoles, limita el derecho de huelga en actividades que ahora se consideran esenciales y establece la obligación de garantizar entre un 50 y 75% de funcionamiento en caso de conflicto sindical.

El decreto incluye en esta categoría a los servicios sanitarios; transporte y de medicamentos e insumos hospitalarios; servicios farmacéuticos; producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica; y servicios de telecomunicaciones, incluidos internet y comunicaciones satelitales.

También abarca la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario; servicios aduaneros y migratorios; el cuidado de menores y la educación en niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial; además del transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, entre otros.

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