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SERVICIOS PÚBLICOS

Nuevo marco regulatorio para el agua potable: los cambios que comenzarán a regir en Mendoza

La normativa establece nuevos derechos para los usuarios, mayores exigencias para los operadores y promueve el uso responsable del recurso.

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El Departamento General de Irrigación aprobó un nuevo Reglamento de Operadores y Usuarios de los Servicios Públicos de Agua Potable y Saneamiento de Mendoza, una herramienta que actualiza y unifica las normas que regulan la prestación de estos servicios en toda la provincia. La medida se enmarca en la Ley Provincial Nº 9.589 y busca establecer criterios comunes para operadores y usuarios, fortalecer los mecanismos de control y garantizar una prestación más eficiente, transparente y sostenible.

Qué derechos tendrán los usuarios

Entre los principales avances de la normativa se destaca la protección de los derechos de los usuarios y la obligación de los operadores de garantizar servicios de calidad.

A partir de este reglamento, los usuarios tienen derecho a:

  • Solicitar la conexión de agua potable y cloacas cuando el inmueble se encuentre dentro de un área servida.
  • Recibir agua potable con los estándares de calidad establecidos por la normativa vigente.
  • Contar con una presión mínima garantizada de servicio.
  • Ser informados previamente sobre cortes programados y emergencias que afecten la prestación.
  • Presentar reclamos ante los operadores y, de no obtener una respuesta satisfactoria, recurrir ante la Dirección de Regulación y Control de Agua y Saneamiento (DIRCAS) del DGI.
  • Acceder a un trato digno, eficiente y transparente por parte de las empresas prestadoras.

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Obligaciones para un servicio más eficiente

La reglamentación también establece responsabilidades para los usuarios, orientadas a preservar la infraestructura y garantizar un uso adecuado del recurso.

Entre ellas se encuentran:

  • Mantener en buen estado las instalaciones internas de agua y cloacas.
  • Reparar pérdidas o fugas dentro de los inmuebles.
  • Permitir las inspecciones técnicas previstas por la normativa.
  • No manipular medidores ni conexiones.
  • Evitar conexiones clandestinas.
  • No descargar aguas pluviales o efluentes industriales en las redes cloacales domiciliarias.
  • Cumplir con el pago de los servicios prestados.


Uso responsable del agua durante todo el año

Uno de los ejes centrales del nuevo reglamento es la promoción del uso racional y eficiente del agua potable.

Por este motivo se establecen restricciones permanentes para evitar consumos innecesarios, tales como:

  • El lavado de veredas, calles pavimentadas y vehículos mediante mangueras o hidrolavadoras.
  • El riego de jardines, espacios verdes o cultivos con agua potable entre las 8 y las 22 horas.
  • El uso de conexiones clandestinas o irregulares.
  • El incumplimiento de estas disposiciones podrá dar lugar a la aplicación de sanciones y multas.
  • Mayor control sobre los operadores

La normativa incorpora nuevas obligaciones para las empresas y entidades prestadoras de los servicios.

Los operadores deberán:

  • Mantener actualizada la información de usuarios, redes e infraestructura.
  • Informar periódicamente indicadores de calidad, producción, consumos y reclamos.
  • Disponer de sistemas de atención de emergencias las 24 horas, los 365 días del año.
  • Comunicar inmediatamente cualquier situación que pueda afectar la calidad del agua o la salud de la población.
  • Presentar planes de inversión, operación y expansión cuando sean requeridos por el organismo regulador.

Asimismo, DIRCAS contará con mayores herramientas para supervisar la calidad de los servicios, controlar el cumplimiento de las obligaciones de los operadores y garantizar la protección de los usuarios.

El reglamento también incorpora nuevos requisitos para loteos, urbanizaciones y ampliaciones de redes de agua y saneamiento.

Los operadores deberán demostrar que cuentan con capacidad técnica, hidráulica y financiera suficiente antes de otorgar nuevas factibilidades, garantizando así que el crecimiento urbano no afecte la calidad del servicio de los usuarios ya existentes.

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