Con el inicio del debate de la reforma laboral en sesiones extraordinarias, el Gobierno puso el foco en una de las modificaciones más sensibles para los trabajadores: el régimen de vacaciones. El proyecto de 71 páginas y 197 artículos, enviado por el Ejecutivo y firmado por Javier Milei, introduce cambios en la Ley de Contrato de Trabajo que ordenan y redefinen la forma en que se otorgan las licencias anuales.
El texto mantiene las vacaciones pagas, pero simplifica los períodos y delimita el tiempo en que el empleador deberá concederlas: entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente. No obstante, ambas partes podrán acordar por escrito un descanso fuera de ese rango.

El proyecto también fija una notificación obligatoria de 30 días de anticipación, salvo que la actividad cuente con un régimen distinto establecido por convenio colectivo.
Además, la autoridad laboral podrá autorizar excepciones “mediante resolución fundada”, cuando la actividad justifique otorgar las vacaciones en otro momento del año.
Uno de los puntos novedosos es el fraccionamiento del período vacacional, que podrá dividirse siempre que cada tramo sea de al menos siete días corridos. A su vez, los empleadores deberán organizar los descansos de modo tal que toda persona acceda a vacaciones en verano al menos una vez cada tres años.
En caso de enfermedad durante el período de descanso, el trabajador deberá reincorporarse al finalizar las fechas originalmente fijadas, y los días pendientes de vacaciones deberán reprogramarse según los criterios establecidos por la ley.
El proyecto, enmarcado en la Ley de Modernización Laboral, ingresará primero al Senado, donde se dará el puntapié inicial al debate. Si obtiene media sanción, pasará a Diputados para su aprobación definitiva.
